Reglas Interpretativas

Textos que establecen principios para la clasificación arancelaria de mercancías en la nomenclatura del Sistema Armonizado.
Título Descripción
Regla General 1 de Interpretación Arancelaria

Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capitulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y notas, de acue

Regla General 2 de Interpretación Arancelaria
  1. Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada alcanza al artículo incluso incompleto o sin terminar, siempre que este presente las características esenciales del articulo completo o terminado.
Regla General 3 de Interpretación Arancelaria

Cuando una mercancía pudiera clasificarse, en principio, en dos o más partidas por aplicación de l

Regla General 4 de Interpretación Arancelaria

Las mercancías que no puedan clasificarse aplicando las Reglas anteriores se clasifican en la partida que comprenda aquellas con las que tengan mayor analogía.

Regla General 5 de Interpretación Arancelaria

Además de las disposiciones precedentes, a las mercancías consideradas a continuación se les aplicaran las reglas siguientes:

Regla General 6 de Interpretación Arancelaria - Mutatis Mutadis

La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mis

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