Las reglamentaciones internacionales normalizan el embalaje, transporte, documentación y demás aspectos del transporte de mercancías peligrosas, incluyendo la carga, descarga y almacenaje de las mismas, sea que el transporte se realice entre varios países o dentro del territorio de uno solo.
Transporte de Carga Peligrosa
La legislación internacional sobre transporte de mercancías peligrosas concuerda con las recomendaciones preparadas por el Comité de Expertos de las Naciones Unidas en Transporte de Mercaderías Peligrosas y con el reglamento del Organismo Internacional de Energía Atómica.
Un aspecto importante en las normativas es la determinación de las obligaciones y responsabilidades de cada uno de los intervinientes en las operaciones en orden a procurar evitar daños a las personas y cosas, así como proteger al medio ambiente, el empleo de estos principios comunes en todos los medios de transporte permite trasladar la carga de manera segura y fácil por vía aérea, marítima, ferroviaria y por carretera.
Las normativas incluyen una lista detallada con epígrafes para la mayor parte de las mercancías consideradas peligrosas (codificadas según una numeración establecida por la ONU) y los requisitos normativos que se aplican a cada caso.
Transporte por Carretera
ADR
Acuerdo Europeo sobre el transporte internacional de cargas peligrosas por vía terrestre ADR[1], firmado por varios países en Ginebra el 30 de septiembre de 1957, para regular el transporte de mercancías peligrosas por carretera, además de la mayoría de los países europeos, también lo han suscrito países asiáticos y del norte de África, la última revisión publicada entró en vigor en el año 2019 y están previstas revisiones bienales, en años impares.
RID
EL Reglamento Internacional sobre el Transporte de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril RID[2], es la norma básica de referencia en materia de transporte nacional e internacional de mercancías peligrosas por ferrocarril, aplicable en los estados parte del COTIF, en él se establecen unas normas uniformes para regular seguridad durante este tipo de transportes, a nivel internacional se aplica en 44 países de Europa, Asia y Norte de África, su última versión entró en vigor en 2019.
El ADR y el RID son muy parecidos, y están armonizados con las Recomendaciones relativas al transporte de mercancías peligrosas de las Naciones Unidas, que sirven como normativa esencial para el transporte multimodal de mercancías peligrosas.
Las regulaciones afectan tanto a los directamente involucrados en el transporte, como a los fabricantes de elementos y materiales relacionadas con el transporte, embalaje y manipulación de mercancías peligrosas, con el objetivo de facilitar el transporte terrestre de mercancías peligrosas, y sobre todo, garantizar las condiciones de máxima seguridad para este tipo de sustancias.
Transporte Aéreo
IATA/OACI
El Convenio de Aviación Civil Internacional (Convenio de Chicago) contiene reglas y procedimientos para garantizar la seguridad del transporte aéreo, la OACI procura conseguir asenso internacional sobre distintas estipulaciones que comprenden normas y prácticas recomendadas y se publican como Anexos del Convenio de Chicago.
El Anexo 18 al Convenio de Chicago “Transporte sin riesgos de mercancías peligrosas por vía aérea”, especifica las normas y métodos recomendados generales que se han de seguir para poder transportar sin riesgo mercancías peligrosas, su última publicación entró en vigor en 2018.
Los requisitos de la OACI en materia de mercancías peligrosas han sido elaborados, en gran medida, por un grupo de expertos que se creó en 1976, este grupo sigue reuniéndose y recomienda las revisiones necesarias de las Instrucciones Técnicas, cada 2 años aproximadamente.
En los requisitos de la OACI sobre la manipulación de las mercancías peligrosas se precisa en primer término una lista limitada de artículos o sustancias que no es seguro transportar en ninguna circunstancia, y luego se indica cómo transportar sin riesgos otros artículos o sustancias potencialmente peligrosos.
Transporte Marítimo
IMDG
El Código IMDG[3] o Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas es una publicación de la Organización Marítima Internacional (OMI) que recopila todas las disposiciones vigentes que regulan el transporte de mercancías peligrosas por vía marítima.
El Código IMDG surgió del esfuerzo para proteger a las tripulaciones, para prevenir la contaminación del medio marino mediante un transporte seguro de los materiales considerados peligrosos, y al mismo tiempo facilitar el movimiento libre y sin trabas de tales mercancías, con la observancia del Código se armonizan las prácticas y los procedimientos adoptados para el transporte de mercancías peligrosas por mar, y se garantiza el cumplimiento de las disposiciones obligatorias del Convenio SOLAS y del Anexo III del Convenio MARPOL.
La publicación del código que establece en detalle las prescripciones aplicables a cada sustancia, materia o artículo, ha sido objeto de numerosos cambios, tanto de presentación como de contenido, su última versión entró en vigor en 2018, a fin de mantenerlo a la par de la expansión y el progreso del sector, el Comité de Expertos de las Naciones Unidas ha continuado reuniéndose hasta el presente, y las "Recomendaciones relativas al transporte de mercancías peligrosas" que publica se actualizan cada dos años.
Si bien la información que figura en el código está dirigida, fundamentalmente, a la gente de mar, sus disposiciones pueden afectar a una amplia gama de sectores y servicios; fabricantes, embaladores, expedidores, servicios de enlace por carretera o ferrocarril, y las autoridades portuarias encontrarán información fidedigna sobre terminología, embalaje y envasado, etiquetado, clasificación, estiba, segregación[4] y medidas de lucha para casos de emergencias.
Shipper’s Declaration for Dangerous Goods
La declaración de mercancías peligrosas es un documento por el que el expedidor acredita que las mercancías que representa pueden ser autorizadas para su transporte, pues están adecuadamente embaladas, marcadas y etiquetadas, conforme la normativa vigente.
Lo solicita la Autoridad Portuaria y lo emite el exportador u operador del buque (consignatario), para:
- Obtener la autorización de admisión de mercancías peligrosas dentro del recinto portuario.
- Comunicar la situación de estas mercancías en una terminal y a bordo de un barco en tránsito.
La entrada y la salida de este tipo de mercancía pueden ser mediante buque, camión, ferrocarril, o por medio de instalaciones especializadas, y se emite una Declaración de Mercancías Peligrosas por cada contenedor de mercancías peligrosas.
El formulario de “Notificación/Declaración de Entrada de Mercancías peligrosas” se presenta en mano o por fax en las oficinas del Servicio de Acceso Unificado y, generalmente, tiene que ir acompañado de la siguiente documentación adicional.
En caso de embarque.
- Declaración de mercancía peligrosa;
- Ficha de seguridad del producto o de los productos transportados; y
- Certificado de arrumazón.
En caso de desembarque.
- Declaración de mercancía peligrosa; y
- Ficha de seguridad del producto o de los productos transportados.
En los trasbordos.
- Declaración de mercancía peligrosa; y
- Ficha de seguridad.
Este documento puede sustituir al FIATA SDT.
[1] European Agreement concerning the International Carriage of Dangerous Goods by Road.
[2] Regulation concerning the International Carriage of Dangerous Goods by Rail.
[3] Maritime Dangerous Goods Code.
[4] Mediante las «tablas de segregación de productos», regula los factores de incompatibilidad entre las distintas mercancías transportadas en un mismo medio.