El Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías generalmente denominado "Sistema Armonizado" "Harmony System" o simplemente "SA" "HS" es una nomenclatura internacional de productos multipropósito desarrollada por la Organización Mundial de Aduanas OMA.
El sistema es utilizado por más de 200 países y economías como base para sus aranceles aduaneros y para la recopilación de estadísticas de comercio internacional. Más del 98% de la mercancía en el comercio internacional se clasifica en términos del SA.
Ventajas del Sistema Armonizado
- Contribuye a la armonización de los procedimientos aduaneros y comerciales, y al intercambio de datos comerciales no documentarios en relación con dichos procedimientos, reduciendo así los costos relacionados con el comercio internacional.
- Facilita la recaudación de impuestos y el control fiscal.
- El importador y el exportador, aunque no hablen el mismo idioma saben qué mercancía están tratando con exactitud, pues el código arancelario se aplica en todo el mundo.
- Facilita la recopilación de datos para informes estadísticos.
- Facilita la negociación entre gobiernos para acuerdos internacionales.
- Brinda agilidad a los procesos administrativos en aduanas.
Historia del Sistema Armonizado
En el año 1960 la NCCA (Nomenclatura del Concejo de Cooperación Aduanera), era ampliamente utilizada en muchos países, como base para definir sus Aranceles Nacionales de Aduana, no obstante, en algunos países, en Estados Unidos y Canadá se utilizaban nomenclaturas diferentes.
En ese entonces, racionalizar y armonizar los datos que debían figurar en la documentación relativa al comercio internacional se hacía cada vez más necesario, no sólo desde un punto de vista estrictamente aduanero (derechos de aduanas), sino tomando en cuenta el resto de la información involucrada como, estadística de transporte, estadística de seguros, entre otros. Fundamentalmente, las mercancías debían ser objeto de una armonización en su designación y por supuesto, de una codificación en su clasificación, lo más amplia y detallada posible.
En los intercambios internacionales, se comprobó que para mencionar a un rublo[1] o una mercancía, se utilizaban hasta 17 designaciones diferentes originando a su vez, 17 códigos, esta diversidad de designaciones, ocasionó indiscutiblemente, trabas e inconvenientes para el manejo efectivo del universo de las importaciones o exportaciones, dando lugar al inicio del estudio de un sistema único de clasificación.
En 1970, esta responsabilidad le fue entregada a la Dirección de la Nomenclatura del Consejo de Cooperación Aduanera (Actualmente Organización Mundial de Aduanas), institución altamente calificada en base a su trayectoria y experiencia.
Los estudios de un Grupo de Trabajo "ad hoc" del Consejo de Cooperación Aduanera, concluyó que la elaboración de un instrumento único de identificación de mercancías no sólo era posible, sino indispensable, encargando a un Comité especial, su elaboración sobre la base de la NCCA, la CUCI (Clasificación Uniforme para el Comercio Internacional) y otras nomenclaturas y sistemas involucrados.
El Comité del Sistema Armonizado se constituyó con un reducido número de miembros con voz y voto, integrado por 8 países (Australia, Canadá, Estados Unidos de América, Francia, India, Japón, Reino Unido y Checoslovaquia) y 12 organizaciones internacionales (CCA, GATT, Oficina Estadística de Naciones Unidas, CEE, OTAN, IATA, Cámara Internacional de Marina Mercante, ISO, Unión Internacional de Ferrocarriles, entre otros).
Esta participación fue consecuencia del objetivo principal del Sistema Armonizado, el de responder a las necesidades de todos los sectores que intervienen en el comercio internacional (aduanas, estadísticas, transporte), por lo que todos los sectores interesados se encontraron representados.
Estructura del Sistema Armonizado
El Sistema Armonizado comprende alrededor de 5,000 grupos de productos básicos, cada uno identificado por un código de seis dígitos, organizado en una estructura legal y lógica y respaldado por reglas bien definidas para lograr una clasificación uniforme.
Capítulo. Código de 2 dígitos de uso universal para los países miembros de la OMA que agrupa a un conjunto de mercancías metodológicamente establecido, el sistema armonizado está compuesto por 98 capítulos[2] , agrupados en 21 secciones.
Partida arancelaria. Código de 4 dígitos de uso universal para los países miembros de la OMA que se designa a una o varias mercancías, el arancel nacional está conformado por 1222 partidas arancelarias.
Subpartida arancelaria. Código de 6 dígitos de uso universal para los países miembros de la OMA que se designa a una o varias mercancías.
Subpartida arancelaria regional. Código de 8 dígitos de uso regional para los países miembros de la región latinoamericana que se asigna a una o varias mercancías, también se la conoce como subpartida arancelaria NANDINA[3].
Subpartida arancelaria nacional. Código de 10 dígitos de uso nacional que se designa a una o varias mercancías, el arancel nacional[4]cuenta con más de 5,387 subpartidas arancelarias nacionales ARIAN[5].
Notas Explicativas del Sistema Armonizado
Las Notas Explicativas sin ser parte integrante del Convenio del Sistema Armonizado, constituyen su interpretación Oficial del que forman parte, como complemento indispensable.
Estas Notas no constituyen un comentario exhaustivo ni definitivo sobre el alcance general de las partidas y subpartidas del Sistema Armonizado, pero deben ser leídas siempre refiriéndose estrictamente a los textos legales del Sistema propiamente dicho, sin disociarse de las reglas interpretativas y de las Notas de Secciones y de Capítulos.
Las Notas Explicativas del Sistema Armonizado siguen, por lo tanto, el orden sistemático de presentación del mismo y proporcionan indicaciones sobre el alcance de partida, así como los principales artículos comprendidos en cada una de ellas y de los textos excluidos, acompañada de descripciones técnicas (aspecto, propiedades, forma de obtención, utilizaciones, entre otros).
También se establecen Notas Explicativas de subpartida para precisar su contenido y alcance.
Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado
Las Reglas Generales para la Interpretación del Sistema Armonizado establecen principios de clasificación que, salvo disposiciones contrarias en los textos de las notas de subpartidas, partidas, capítulos o secciones, son aplicables a toda la nomenclatura comprendida en el Sistema Armonizado.
Para garantizar la clasificación uniforme de mercancías en la nomenclatura del Sistema Armonizado, la clasificación arancelaria se rige a 6 reglas que establecen un procedimiento homogéneo a fin de que las mercancías, primero se clasifiquen en su correspondiente partida de 4 dígitos, y luego en la subdivisiones de uno y dos guiones subsecuentes.
[1] Nombre de la moneda de la Federación de Rusia.
[2] El capítulo 77 está vacío reservado para una futura utilización en el Sistema Armonizado.
[3] Nomenclatura Arancelaria Común de la Comunidad Andina.
[4] El arancel nacional además de incluir la codificación aplicable a las mercancías, incluye Notas de Sección y Capítulo que son textos que concretan con la mayor precisión posible el contenido y límites de cada subpartida.
[5] Arancel Integrado Andino.