Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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95.06 | Artículos y material para cultura física, gimnasia, atletismo, demás deportes (incluido el tenis de mesa) o para juegos al aire libre, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo; piscinas, incluso infantiles. | |
- Esquís para nieve y demás artículos para práctica del esquí de nieve: | ||
9506.11.00 | - - Esquís | 2 u |
9506.12.00 | - - Fijadores de esquí | u |
9506.19.00 | - - Los demás | u |
- Esquís acuáticos, tablas, deslizadores de vela y demás artículos para práctica de deportes acuáticos: | ||
9506.21.00 | - - Deslizadores de vela | u |
9506.29.00 | - - Los demás | u |
- Palos de golf («clubs») y demás artículos para golf: | ||
9506.31.00 | - - Palos de golf («clubs») completos | u |
9506.32.00 | - - Pelotas | u |
9506.39.00 | - - Los demás | u |
9506.40.00 | - Artículos y material para tenis de mesa | u |
- Raquetas de tenis, bádminton o similares, incluso sin cordaje: | ||
9506.51.00 | - - Raquetas de tenis, incluso sin cordaje | u |
9506.59.00 | - - Las demás | u |
- Balones y pelotas, excepto las de golf o tenis de mesa: | ||
9506.61.00 | - - Pelotas de tenis | u |
9506.62.00 | - - Inflables | u |
9506.69.00 | - - Los demás | u |
9506.70.00 | - Patines para hielo y patines de ruedas, incluido el calzado con patines fijos | 2 u |
- Los demás: | ||
9506.91.00 | - - Artículos y material para cultura física, gimnasia o atletismo | u |
9506.99 | - - Los demás: | |
9506.99.10 | - - - Artículos y materiales para béisbol y sóftbol, excepto las pelotas | u |
9506.99.90 | - - - Los demás | u |
Partida 95.06
Artículos y material para cultura física, gimnasia, atletismo, demás deportes (incluido el tenis de mesa) o para juegos al aire libre, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo; piscinas, incluso infantiles
Nota Explicativa
Entre los artículos comprendidos en esta partida se pueden citar:
A) Los artículos y el material para cultura física, gimnasia y atletismo, por ejemplo:
Trapecios y anillas, barras fijas y barras paralelas, potros de madera, potros de arzón, cuerdas lisas, cuerdas con nudos y escalas de cuerda, espalderas, mazas, pesas, medicine ball, máquinas de remar, bicicletas ergométricas y otros aparatos para ejercicios, extensores, cuñas de salida, vallas para saltos, pórticos, pértigas, colchonetas de caída, jabalinas, discos y martillos para lanzar, punching balls; cuadriláteros para boxeo y lucha y muros de escalada.
B) El material para los demás deportes y juegos al aire libre (excepto los artículos de juguete, presentados en panoplias o separadamente, de la partida 95.03), tales como:
- Esquís de nieve y demás material para la práctica del esquí de nieve (por ejemplo, dispositivos de sujeción y de frenado para esquís o palos de esquís).
- Esquís náuticos, acuaplanos, planchas de vela y demás material para la práctica de deportes náuticos, tales como trampolines, toboganes, aletas y máscaras respiratorias para inmersión submarina de los tipos utilizados sin oxígeno o botellas de aire comprimido, así como los simples tubos de respiración destinados a los bañistas o submarinistas.
- Palos de golf (“clubs”) y demás material para el golf, tales como las pelotas y las tes.
- Artículos y material para el tenis de mesa (ping pong), tales como mesas (con patas o sin ellas); las raquetas, pelotas y redes.
- Raquetas de tenis, de badminton o similares (por ejemplo, raquetas de squash), incluso sin encordar.
- Balones y pelotas (excepto las pelotas de golf o de tenis de mesa), tales como las pelotas de tenis; balones de fútbol, de rugby y balones similares, incluidas las cámaras; balones de water polo, baloncesto y los del mismo tipo con válvula pero sin cámara; pelotas de cricket.
- Patines para hielo y patines de ruedas, incluido el calzado al que están fijos los patines.
- Palos de hockey, bates de cricket, etc., discos de hockey sobre hielo y piedras de curling.
- Redes montadas (de tenis, de badminton, de balonvolea, de porterías de fútbol, de baloncesto, etc.).
- Material de esgrima, tal como floretes, sables, espadas y sus partes (por ejemplo, hojas, guardas, puños, puños de detención), etc.
- Artículos para tiro con ballesta y con arco, tales como, ballestas, arcos, flechas y blancos.
- Material del que se utiliza en los terrenos de juego para niños, tales como columpios, mecedores, toboganes o pasos de gigante.
- Equipos de protección para juegos o deportes, tales como máscaras, petos para la práctica del esgrima, coderas, rodilleras, espinilleras, tobilleras y similares.
- Los demás artículos y equipos, tales como anillas para tenis de anillas, bolas, boliches, planchas de ruedas, prensas de raquetas, mazas de polo y cricket, bumeranes, piquetas de alpinista, platos de arcilla para tiro al plato y lanzaplatos, bobsleigh, trineos y artefactos similares sin motor diseñados para deslizarse sobre la nieve o sobre el hielo.
C) Las piscinas, incluso infantiles.
Se excluyen de esta partida:
- Las cuerdas para raquetas de tenis y otros juegos (Capítulo 39, partida 42.06 o Sección XI).
- Las bolsas para artículos de deportes y demás continentes de las partidas 42.02, 43.03 o 43.04.
- Los guantes, mitones y manoplas de deporte, que siguen su propio régimen (partida 42.03, en especial).
- Las redes para pelotas y balones y las redes para cercar (partida 56.08, generalmente).
- Los trajes de deporte de materia textil de los Capítulos 61 o 62.
- Las velas para embarcaciones, planchas de vela o coches de vela, de la partida 63.06.
- El calzado del Capítulo 64 (excepto el que lleve fijados patines para el hielo o de ruedas) y los artículos de sombrerería especiales para la práctica de los deportes, del Capítulo 65.
- Los bastones, látigos y similares (partida 66.02), así como sus partes (partida 66.03).
- Las embarcaciones de deportes (tales como motos acuáticas, canoas y esquifes) y los vehículos de deporte (con exclusión de los trineos, los bobsleigh y similares) de la Sección XVII.
- Ídem al anterior.
- Las gafas (anteojos) para la pesca submarina y demás gafas (anteojos) de deportes (partida 90.04).
- Los aparatos electromédicos y demás instrumentos y aparatos médicos de la partida 90.18.
- Los aparatos de mecanoterapia (partida 90.19).
- Los aparatos respiratorios para la pesca submarina que funcionan con oxígeno o aire comprimido (partida 90.20).
- Los aparatos de relojería, incluso los de uso deportivo (Capítulo 91).
- Los juegos de bolos de cualquier tipo y los demás artículos para juegos de sociedad (partida 95.04).
Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea
Subpartida Arancelaria 9506.11.10
Esquís de fondo
Los esquís de fondo son ultraligeros y de un ancho reducido respecto al de los esquis alpinos.
Subpartida Arancelaria 9506.11.80
Otros esquís
Pertenecen principalmente a esta subpartida los esquís para saltos; estos son notablemente más anchos y largos que los de uso normal. Su piso, desprovisto de aristas, presenta varias ranuras.
Subpartida Arancelaria 9506.29.00
Los demás
Esta subpartida comprende los flotadores inflables para los brazos o el cuello, los cinturones inflables o artículos similares no destinados a labores de seguridad o salvamento, pero que se utilizan para ayudar a flotar a una persona que esté aprendiendo a nadar.
Esta subpartida no comprende:
- los cinturones y chalecos salvavidas (régimen de la materia constitutiva);
- los artículos inflables para jugar (partida 95.03).
Subpartida Arancelaria 9506.31.00
Palos de golf (clubs) completos
Los palos de golf («clubs») están constituidos por un bastón de acero, de aluminio o de fibras de carbono completado, en un extremo, por una empuñadura de cuero o de caucho y, en el otro, por una cabeza de acero o de madera. Las diferentes cabezas utilizadas tienen una inclinación distinta para conseguir trayectorias más o menos largas.
Subpartida Arancelaria 9506.32.00
Pelotas
Las pelotas de golf presentan oquedades semiesféricas en la superficie (para mantener la pelota en la dirección deseada durante su vuelo). Las pelotas de competición tienen un peso máximo de 45,93 gramos y un diámetro mínimo de 42,67 milímetros.
Subpartida Arancelaria 9506.40.00
Artículos y material para tenis de mesa
Las pelotas de tenis de mesa son esféricas, de celuloide o de materiales similares, con un peso de 2,7 gramos para un diámetro de 40 milímetros y una circunferencia, aproximadamente, de 12,6 centímetros.
Las redes para tenis de mesa tienen una anchura (altura) de 15,25 centímetros y una longitud de 183 centímetros.
Subpartida Arancelaria 9506.59.00
Las demás
Esta subpartida comprende las raquetas de badminton que son más pequeñas y ligeras que las de tenis; su mango es más delgado y flexible.
Asimismo se clasifican en esta subpartida las raquetas de squash, asimismo.
Subpartida Arancelaria 9506.61.00
Pelotas de tenis
Las pelotas de tenis, de materia cauchutada recubierta de fieltro, no tienen costuras. Su diámetro es comprendido entre 6,35 y 7,30 centímetros, su peso puede oscilar entre los límites de 56,00 y 59,40 gramos.
Subpartida Arancelaria 9506.62.00
Inflables
Esta subpartida también comprende los balones inflables de gimnasia para cultura física.
Subpartida Arancelaria 9506.69.10
Pelotas de cricket o de polo
Las pelotas de cricket están formadas por una envoltura de cuero que contiene estopa, salvado y corcho comprimidos. Su circunferencia está comprendida entre 20,50 y 22,90 centímetros y pesan entre 133 y 163 gramos.
Las pelotas de polo son de madera, bambú o plástico. Su diámetro está comprendido entre 7,6 y 8,9 centímetros y pesan entre 120 y 135 gramos.
Subpartida Arancelaria 9506.69.90
Los demás
Esta subpartida incluye las pelotas para «juegos malabares» de cualquier tamaño, forma y peso, para niños o adultos.
Esta subpartida también comprende las denominadas «pelotas antiestrés» que tienen forma de pelota y pueden estar decoradas de distintas maneras. Suelen ser de plástico o caucho y están destinadas a ser estrujadas con la mano.
No obstante, los demás «artículos antiestrés» destinados a ser estrujados con la mano, pero que no tengan forma de pelota, se clasificarán en la partida 95.03.
Subpartida Arancelaria 9506.70.10
Patines para hielo
Esta subpartida también comprende el calzado al que se han fijado patines para hielo.
Subpartida Arancelaria 9506.70.30
Patines de ruedas
Esta subpartida también comprende el calzado al que se han fijado patines de ruedas.
Subpartida Arancelaria 9506.91.10
Aparatos de gimnasia con sistema de esfuerzo regulable
Pertenecen a esta subpartida, por ejemplo, los aparatos de remar, las bicicletas ergonométricas, los escaladores y las cintas rodantes, que incluyen mecanismos que permiten a los usuarios regular el esfuerzo que desean realizar.
Subpartida Arancelaria 9506.99.10
Artículos de cricket o de polo (excepto las pelotas)
Se trata principalmente de los palos de cricket (de madera dura con una anchura máxima de 10,8 centímetros y una longitud máxima de 96,5 centímetros) y de los mazos de polo.
Subpartida Arancelaria 9506.99.90
Los demás
Esta subpartida comprende los «frisbees» (discos voladores), para niños o para adultos.