Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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9503.00 | Triciclos, patinetes, coches de pedal y juguetes similares con ruedas; coches y sillas de ruedas para muñecas o muñecos; muñecas o muñecos; los demás juguetes; modelos reducidos y modelos similares, para entretenimiento, incluso animados; rompecabezas de cualquier clase. | |
9503.00.10 | - Triciclos, patinetes, coches de pedal y juguetes similares con ruedas; coches y sillas de ruedas para muñecas o muñecos | u |
- Muñecas o muñecos, sus partes y accesorios: | ||
9503.00.22 | - - Muñecas o muñecos, incluso vestidos | u |
9503.00.28 | - - Prendas y sus complementos (accesorios), de vestir, calzado, y sombreros y demás tocados | u |
9503.00.29 | - - Partes y demás accesorios | u |
9503.00.30 | - Modelos reducidos y modelos similares, para entretenimiento, incluso animados | u |
9503.00.40 | - Rompecabezas de cualquier clase | u |
- Los demás juguetes: | ||
9503.00.91 | - - Trenes eléctricos, incluidos los carriles (rieles), señales y demás accesorios | u |
9503.00.92 | - - De construcción | u |
9503.00.93 | - - Que representen animales o seres no humanos | u |
9503.00.94 | - - Instrumentos y aparatos, de música | u |
9503.00.95 | - - Presentados en juegos o surtidos o en panoplias | u |
9503.00.96 | - - Los demás, con motor | u |
9503.00.99 | - - Los demás | u |
Partida 95.03
Triciclos, patinetes, coches de pedal y juguetes similares con ruedas; coches y sillas de ruedas para muñecas o muñecos; muñecas o muñecos; los demás juguetes; modelos reducidos y modelos similares, para entretenimiento, incluso animados; rompecabezas de cualquier clase
Nota Explicativa
Esta partida comprende:
A) Los juguetes de ruedas.
La propulsión de estos juguetes se consigue la mayoría de las veces apoyándose directamente en el suelo (patinetes sin pedales), o mediante un sistema de pedales, de manivelas o de palancas, que transmite el movimiento a las ruedas por una cadena o un dispositivo de varillas. En otros casos, estos juguetes son impulsados por un motor, arrastrados o empujados por otra persona.
Entre estos juguetes, se pueden citar:
- Los triciclos, motocarros y artículos similares, excepto las bicicletas para niños, que se clasifican en la partida 87.12.
- Los patinetes de dos o tres ruedas para niños, adolescentes o adultos, con una columna de dirección que puede ser regulable y pequeñas ruedas, macizas o inflables. A veces disponen de un manillar (manubrio) tipo bicicleta y un freno en la rueda trasera que se acciona con la mano o con el pie.
- Los juguetes con ruedas accionados mediante un sistema de pedales o una manivela, que tengan forma de animales.
- Los coches de pedal, que generalmente adoptan la forma, en miniatura, de un coche de turismo, de un jeep, de un camión, etc.
- Los juguetes de ruedas accionados por palancas manuales.
- Los carritos y animales montados sobre ruedas, sin transmisión mecánica, suficientemente grandes y resistentes para llevar un niño y que son arrastrados o empujados.
- Los coches de motor para niños.
B) Los coches y sillas de ruedas para muñecas o muñecos, incluso los plegables.
Este grupo comprende los cochecitos, carreolas y demás coches para muñecas, incluso plegables, equipados con dos o más ruedas. También comprende los artículos de cama para los cochecitos, carreolas y demás coches para muñecas similares a los de las camas para muñecas.
C) Muñecas o muñecos.
Esta partida comprende no sólo las muñecas o muñecos para el entretenimiento de los niños, sino también las muñecas para usos decorativos (muñecas de salón, mascotas, fetiches, etc.), las muñecas para teatros guiñol o para teatros de marionetas, así como las muñecas que representan al ser humano deformado (por ejemplo, polichinelas o monigotes).
Las muñecas o muñecos son generalmente de caucho, plástico, materias textiles, cera, cerámica (porcelana, etc.), madera, cartón, papel o una combinación de estas materias. Pueden estar articulados y llevar mecanismos que les permitan andar, mover la cabeza, los brazos o los ojos, emitir sonidos que imiten la voz humana, etc. Finalmente, pueden estar vestidos o sin vestir.
Entre las partes y accesorios de muñecas o muñecos se pueden citar las cabezas, cuerpos, extremidades, ojos (excepto los de vidrio sin montar de la partida 70.18), los mecanismos para cerrar o hacer girar los ojos, para la voz o sonidos y demás mecanismos, las pelucas, los vestidos, calzados y sombreros.
D) Otros juguetes.
Este grupo comprende los juguetes destinados esencialmente al entretenimiento de personas (niños o adultos). Sin embargo, los juguetes que, por su concepción, forma o material constituyente, son identificables como destinados exclusivamente a animales, por ejemplo, para animales de compañía, no se clasifican en esta partida y siguen su propio régimen. Se clasifican principalmente en este apartado:
Todos los juguetes no incluidos en los apartados A) a C) precedentes. Muchos de los juguetes de este apartado son accionados mecánica o eléctricamente.
Entre los juguetes de este apartado se puede citar:
- Los juguetes que representen animales o criaturas no humanas, aunque tengan esencialmente características físicas humanas (por ejemplo, ángeles, robotes, demonios o monstruos) incluidos los de teatros de marionetas.
- Las armas de juguete de todas clases.
- Los juegos de construcción (mecánicos, de cubos, etc.).
- Los vehículos de juguete (excepto los del apartado A), por ejemplo, trenes (incluso eléctricos), aviones o barcos, y sus accesorios (por ejemplo, rieles, pistas o señales).
- Los juguetes sin ruedas para que se monten los niños (por ejemplo, caballos oscilantes).
- Las máquinas de juguete (motores distintos de los eléctricos, máquinas de vapor, etc.).
- Los globos de juguete y las cometas, para el entretenimiento de niños y adultos.
- Los soldados de plomo y similares, así como los fuertes y demás accesorios.
- Los artículos de deporte que tengan el carácter de juguetes, que se presenten en juegos o surtidos o aisladamente (por ejemplo, juegos o surtidos de golf, de tenis, de tiro con arco, de billar; bates de béisbol, bates de cricket, palos de hockey, etc.).
- Las herramientas y artículos de jardinería (incluidas las carretillas para niños).
- Los aparatos de proyección de juguete (cines, linternas mágicas, etc.) y las gafas (anteojos) de juguete.
- Los instrumentos y demás aparatos musicales que tengan el carácter de juguetes (pianos, trompetas, tambores, tocadiscos, armónicas, acordeones, xilófonos, cajas de música, etc.).
- Las casas de muñecas y su mobiliario, incluidos los artículos de cama.
- Las tiendas de juguete, las vajillas de juguete y artículos de uso doméstico de juguete.
- Los ábacos de juguete.
- Las máquinas de coser de juguete.
- Los relojes de juguete.
- Los conjuntos de carácter educativo: cajas de química, de electricidad, de fundidor, de imprenta, de costura, de tricotar, etc.
- Los aros, diábolos, peones (incluso con música), las combas (provistas de puños), pelotas y balones (excepto los de las partidas 95.04 y 95.06).
- Los libros y hojas compuestos esencialmente por estampas para recortar destinadas a formar un conjunto y los libros que llevan ilustraciones movibles o que se levantan al abrir el libro, cuando el artículo constituya esencialmente un juguete (véase la Nota Explicativa de la partida 49.03).
- Las bolas de juguete (principalmente las canicas, bolas veteadas o multicolores que imitan al ágata, en cualquier acondicionamiento y las bolas de cualquier clase que se presenten en cajas, bolsitas, etc., para el entretenimiento de los niños).
- Los sonajeros y los muñecos en cajas de resortes, las huchas o alcancías de juguete, los teatros en miniatura con personajes o sin ellos, etc.
- Las tiendas (carpas) de juguete que usan los niños tanto en casa como al aire libre.
Algunos de los artículos anteriores (armas de juguete, herramientas y artículos de jardinería, soldados de plomo, etc.) se presentan frecuentemente en juegos o surtidos.
Los juguetes que son reproducción de artículos usados por los adultos, tales como las planchas eléctricas, las máquinas de coser, los instrumentos de música, etc., se distinguen, por lo general, de los segundos por la naturaleza de las materias constitutivas, por su factura generalmente más rudimentaria, por sus dimensiones reducidas (adaptadas a la estatura de los niños) y por su rendimiento bastante pequeño que no permite el uso para un trabajo normal de adulto.
E) Los modelos reducidos y modelos similares para entretenimiento:
Se trata principalmente de modelos reducidos, incluso animados, de barcos, aeronaves, trenes, vehículos automóviles, por ejemplo, que pueden presentarse en forma de surtidos con las partes y fornituras necesarias para la construcción de dichos modelos, con exclusión de los conjuntos que presenten las características de los juegos de competición de la partida 95.04 (por ejemplo, los conjuntos de automóviles de carrera con sus circuitos).
Se clasifican también en este grupo las reproducciones de artículos de tamaño real o aumentado, siempre que se trate de artículos de entretenimiento.
F) Los rompecabezas de cualquier clase.
Por otra parte, ciertos artículos que, aisladamente, se clasificarían en otras partidas de la Nomenclatura, adquieren el carácter de juguetes por la circunstancia de su agrupación y de su presentación. Tal sería el caso, por ejemplo, de una caja de química que comprenda tubos y matraces de vidrio, una lámpara de alcohol y productos químicos, o una caja de mercería (o neceser de costura) que contenga hilo, tijeras, agujas, un dedal, etc., siempre que estos conjuntos mantengan el carácter de juguetes.
Conforme a lo dispuesto en la Nota 4 del presente Capítulo, y salvo lo dispuesto en la Nota 1, permanecen aquí clasificados los artículos de esta partida combinados con uno o más productos que no puedan ser considerados como juegos o surtidos conforme a la Regla General 3 b), y que por tanto, si se presentasen separadamente, serían clasificados en otras partidas, siempre que estos artículos se presenten juntos, acondicionados para la venta al por menor, y que esta combinación reúna las características esenciales de los juguetes.
PARTES Y ACCESORIOS
Esta partida comprende también las partes y accesorios de artículos de esta partida que sean identificables como destinados exclusiva o principalmente para montarlos en dichos artículos, a condición de que no se trate de artículos excluidos por la Nota 1 de este Capítulo. Entre estas partes y accesorios, se pueden citar:
- Los mecanismos de cajas de música que por la forma, la materia constitutiva o la factura rudimentaria, no puedan utilizarse en las cajas de música de la partida 92.08.
- Los motores en miniatura de combustión interna, de émbolo o que funcionen por cualquier otro sistema (con exclusión de los motores eléctricos de la partida 85.01), para montarlos en modelos reducidos, por ejemplo, de aviones o de barcos y que se caracterizan principalmente por su pequeña cilindrada y baja potencia y el peso y dimensiones reducidas.
Se excluyen además de esta partida:
- Los colores para entretenimiento de los niños (partida 32.13).
- Las pastas para modelar para entretenimiento de los niños (partida 34.07).
- Los libros o álbumes de estampas para niños y los álbumes para dibujar o colorear para niños, de la partida 49.03.
- Las calcomanías (partida 49.08).
- Las campanas y campanillas, gongos y artículos similares, de la partida 83.06.
- Las cajas de música en las que esté montada una muñeca (partida 92.08).
- Los naipes (partida 95.04).
- Los matasuegras (espantasuegras) y sombreros de papel, máscaras, etc. (partida 95.05).
- Las tizas para escribir y los lápices de colores de la partida 96.09.
- Ídem al anterior.
- Las pizarras y tableros, de la partida 96.10.
- Los maniquíes para la presentación de vestidos u otros usos y los autómatas (partida 96.18).
Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea
Esta partida comprende:
- los artículos inflables de diferentes formas y tamaños para jugar en el agua, por ejemplo, los flotadores para la cintura o con forma de animales, decorados o no, incluso si están diseñados para sentarse en ellos;
- los botes inflables destinados a los niños para jugar.
Esta partida no comprende:
- los flotadores inflables para los brazos o el cuello, los cinturones inflables o artículos similares, no destinados a labores de seguridad o salvamento, pero que se utilizan para ayudar a flotar a una persona, por ejemplo, mientras aprende a nadar (partida 95.06);
- los colchones neumáticos (régimen de la materia constitutiva);
- los artículos que, por su diseño, están destinados exclusivamente a los animales (por ejemplo: ratones de trapo rellenos de hierba gatera, zapatos de cuero de búfalo para roer, huesos de plástico).
Véase también la nota 5 del presente capítulo.
Subpartida Arancelaria 9503.00.10
Triciclos, patinetes, coches de pedal y juguetes similares con ruedas; coches y sillas de ruedas para muñecas o muñecos
Esta subpartida comprende los juguetes de ruedas provistos de un motor de combustión interna concebidos para que se monten los niños, llamados «vehículos Quad», que no superen los siguientes límites:
- velocidad máxima de 20 km/hora;
- peso neto máximo de 50 kilogramos;
- cilindrada del motor máxima de 49 centímetros cúbicos;
- transmisión de una sola velocidad;
- un solo sistema de frenado en la rueda trasera.
A diferencia de otros juguetes de ruedas clasificados en esta subpartida, los «vehículos Quad» están concebidos para circular por terrenos escabrosos.
Cuando no se cumpla alguno de estos criterios, los «vehículos Quad» se clasificaran en la partida 87.03.
Subpartida Arancelaria 9503.00.21
Muñecas y muñecos
Véanse los dos primeros párrafos de las notas explicativas del SA, partida 95.03, apartado C.
Véase también la nota explicativa de las subpartidas 9503.00.81 a 9503.00.99.
Esta subpartida comprende, por aplicación de la regla general 2 a) para la interpretación de la nomenclatura combinada, las muñecas y muñecos sin montar o desmontadas.
Subpartida Arancelaria 9503.00.29
Partes y accesorios
Véase el tercer párrafo de las notas explicativas del SA, partida 95.03 , apartado C.
Subpartidas Arancelarias 9503.00.35 y 9503.00.39
Los demás juegos o surtidos y juguetes de construcción
Estas subpartidas comprenden los juegos o surtidos y los juguetes de construcción, excepto los modelos reducidos, que tienen el carácter de juguetes. Dichas mercancías tienen las siguientes características:
- se componen de dos o más elementos individuales presentados conjuntamente en un embalaje;
- los elementos individuales se complementan mutuamente y no sirven para jugar por sí solos. Puede suministrarse un manual de construcción con estos juegos o surtidos.
Subpartidas Arancelarias 9503.00.41 y 9503.00.49
Juguetes que representen animales o seres no humanos
Estas subpartidas comprenden, por aplicación de la regla general 2 a) para la interpretación de la nomenclatura combinada, los juguetes sin montar o desmontados que representan animales o seres no humanos.
Subpartida Arancelaria 9503.00.70
Los demás juguetes presentados en juegos o surtidos o en panoplias
Los «juegos o surtidos» de esta subpartida están compuestos por dos o más tipos de artículos diferentes (destinados principalmente al entretenimiento), acondicionados en el mismo envase para su venta al por menor sin reacondicionar.
Los artículos de la misma subpartida no se consideran tipos de artículos diferentes, excepto los cubiertos por las subpartidas 9503.00.95 o 9503.00.99 (ya que dichas subpartidas pueden incluir diversos artículos de diferentes tipos).
Además de los artículos que componen el juego o surtido, pueden incluirse accesorios simples u objetos de menor importancia que vayan a utilizarse con dichos artículos (por ejemplo, una zanahoria de plástico o un cepillo de plástico para un juguete que representa un animal).
Por aplicación de la nota 4 del capítulo 95, esta subpartida también incluye juegos o surtidos destinados al entretenimiento de los niños, compuestos por artículos de la partida 95.03 combinados con uno o varios artículos que, si se presentaran por separado, se clasificarían en otras partidas, siempre que las combinaciones mantengan el carácter esencial de juguete. Como ejemplos cabe citar:
- los juegos o surtidos compuestos de juguetes con forma de moldes de inyección y moldes para modelar pasta, combinados con otros artículos como tubos o pastillas de pintura, pasta para modelar, lápices y tizas;
- juegos o surtidos de cosméticos para niños que contengan artículos de la partida 95.03 combinados con preparaciones de la partida 33.04.
No obstante, quedan excluidos los juegos o surtidos de cosméticos para niños que contengan preparaciones de la partida 33.04 pero que no incluyan ningún artículo de la partida 95.03 (partida 33.04).
Las «panoplias» de esta subpartida están compuestas por dos o más artículos diferentes acondicionados en el mismo envase para su venta al por menor, sin reacondicionar, y que son específicas de un tipo particular de entretenimiento, ocupación, persona o profesión, por ejemplo, los juegos para el aprendizaje o educativos.
Subpartidas Arancelarias 9503.00.75 y 9503.00.79
Los demás juguetes y modelos, con motor
El término «motor» recogido en estas subpartidas alcanza a todos los motores y máquinas motrices de las partidas 84.06 a 84.08, 84.10 a 84.12 y 85.01, por ejemplo, motores neumáticos, motores con volantes de regulación, motores de muelle (motores de cuerda) o de contrapesos.
Subpartidas Arancelarias 9503.00.81 a 9503.00.99
Los demás
Estas subpartidas incluyen figuras con forma humana, por ejemplo personajes de películas, cuentos o tebeos, indios, astronautas o soldados, sin partes móviles ni accesorios de ropa, fijados sobre una plataforma, pedestal u otro tipo de base que permita a la figura mantener su posición sin otros apoyos.
A menudo estas figuras son parte de una colección. Sin embargo, los niños las usan normalmente como juguetes, ya que son pequeñas, ligeras y resistentes. Por lo tanto, su función recreativa supera su valor decorativo.
Estas subpartidas comprenden, por aplicación de la regla general 2 a) para la interpretación de la nomenclatura combinada, las figurillas humanoides sin montar o desmontadas (soldados de plomo y similares).