Código | Designación de la Mercancía | U.F |
---|---|---|
47.03 | Pasta química de madera a la sosa (soda) o al sulfato, excepto la pasta para disolver. | |
- Cruda: | ||
4703.11.00 | - - De coníferas | kg |
4703.19.00 | - - Distinta de la de coníferas | kg |
- Semiblanqueada o blanqueada: | ||
4703.21.00 | - - De coníferas | kg |
4703.29.00 | - - Distinta de la de coníferas | kg |
Partida 47.03
Pasta química de madera a la sosa (soda) o al sulfato, excepto la pasta para disolver
Nota Explicativa
La pasta a la sosa o al sulfato se obtiene por cocción de la madera, generalmente en trozos pequeños, en disoluciones fuertemente alcalinas. En el caso de la pasta a la sosa, el licor de cocción es una disolución de sosa cáustica (hidróxido de sodio); en el caso de la pasta al sulfato, se trata de una disolución de sosa cáustica modificada. Los términos pasta al sulfato deben su origen al hecho de que el sulfato de sodio, transformado en parte en sulfuro de sodio, se utiliza en una fase dada de la preparación del licor de cocción.
La pasta al sulfato es con mucho la más importante hoy en día. La pasta obtenida por estos dos procedimientos se utiliza en la fabricación de productos absorbentes (materias de relleno, pañales para bebés) y en la fabricación de papel y cartón muy sólidos, que necesiten una resistencia elevada al desgarro, a la tracción y al estallido.
Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea
Véase la nota 1 de este capítulo.
Subpartida Arancelaria 4703.11.00
De coníferas
Se clasifican principalmente en esta subpartida las pastas obtenidas a partir de pino, de abeto o de picea o abeto rojo.
Subpartida Arancelaria 4703.19.00
Distinta de la de coníferas
Las pastas de esta subpartida se obtienen a partir de álamo y de álamo temblón, pero también de maderas más duras tales como haya, castaño, eucalipto y algunas maderas tropicales. Las fibras son generalmente más cortas que las de las pastas de coníferas.
Subpartida Arancelaria 4703.21.00
De coníferas
Véase la nota explicativa de la subpartida 4703.11.00.
Subpartida Arancelaria 4703.29.00
Distinta de la de coníferas
Véase la nota explicativa de la subpartida 4703.19.00.