Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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09.01 | Café, incluso tostado o descafeinado; cáscara y cascarilla de café; sucedáneos del café que contengan café en cualquier proporción. | |
- Café sin tostar: | ||
0901.11 | - - Sin descafeinar: | |
0901.11.10 | - - - Para siembra | kg |
0901.11.90 | - - - Los demás | kg |
0901.12.00 | - - Descafeinado | kg |
- Café tostado: | ||
0901.21 | - - Sin descafeinar: | |
0901.21.10 | - - - En grano | kg |
0901.21.20 | - - - Molido | kg |
0901.22.00 | - - Descafeinado | kg |
0901.90.00 | - Los demás | kg |
Partida 09.01
Café, incluso tostado o descafeinado; cáscara y cascarilla de café; sucedáneos del café que contengan café en cualquier proporción
Nota Explicativa
Se incluyen en esta partida:
- El café verde en cualquier forma, por ejemplo: en bayas, tal como se recolecta del arbusto; en granos con su cascarilla amarillenta; en granos despojados de su cáscara o su cascarilla.
- El café descafeinado, es decir, el café cuya cafeína ha sido extraída mediante el tratamiento de los granos verdes con diversos disolventes.
- El café (descafeinado o no) tostado, incluso molido.
- La cáscara y cascarilla de café.
- Los sucedáneos del café, con un contenido de café en cualquier proporción.
Se excluyen de esta partida:
- La cera de café (partida 15.21).
- Los extractos, esencias y concentrados de café (conocidos como café instantáneo), y las preparaciones a base de estos extractos, esencias y concentrados; los sucedáneos tostados del café que no contengan café (partida 21.01).
- La cafeína, alcaloide del café (partida 29.39).
Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea
Subpartidas Arancelarias 0901.11.00 y 0901.12.00
Café sin tostar
Estas subpartidas comprenden el café sin tostar en todas sus formas, descafeinado o sin descafeinar (comprendidos los granos o residuos separados en el triado o en el cribado, etc), incluso para usos distintos del consumo (por ejemplo: extracción de cafeína).
Subpartida Arancelaria 0901.11.00
Sin descafeinar
Esta subpartida comprende el café sin tostar siempre que no se haya sometido a ninguna operación de extracción de la cafeína.
Subpartida Arancelaria 0901.12.00
Descafeinado
Esta subpartida comprende el café sin tostar que se haya sometido a un tratamiento de extracción de la cafeína. Corrientemente, el café así tratado tiene un contenido de cafeína igual o inferior 0,2 % en peso, calculado sobre la materia seca.
Subpartidas Arancelarias 0901.21.00 y 0901.22.00
Café tostado
Estas subpartidas comprenden el café citado en la nota explicativa de las subpartidas 0901.11.00 y 0901.12.00, incluso abrillantado, molido o comprimido.
Subpartida Arancelaria 0901.21.00
Sin descafeinar
La nota explicativa de la subpartida 0901.11.00 es aplicable, mutatis mutandis.
Subpartida Arancelaria 0901.22.00
Descafeinado
La nota explicativa de la subpartida 0901.12.00 es aplicable, mutatis mutandis.
Subpartida Arancelaria 0901.90.10
Cáscara y cascarilla de café
Por cáscara de café debe entenderse la envolvente delgada que en el interior del fruto (cereza) encierra los granos, generalmente dos.
Las películas están constituidas por el tegumento que rodea cada grano y que se elimina durante el tostado.
Subpartida Arancelaria 0901.90.90
Sucedáneos del café que contengan café
Esta subpartida comprende los productos citados en las notas explicativas del SA, partida 09.01, primer párrafo, apartado 5. Estas mezclas pueden presentarse molidas o sin moler o incluso comprimidas.