Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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48.10 | Papel y cartón estucados por una o las dos caras con caolín u otras sustancias inorgánicas, con aglutinante o sin él, con exclusión de cualquier otro estucado o recubrimiento, incluso coloreados o decorados en la superficie o impresos, en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular, de cualquier tamaño. | |
- Papel y cartón de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos, sin fibras obtenidas por procedimiento mecánico o químico-mecánico o con un contenido total de estas fibras inferior o igual al 10 % en peso del contenido total de fibra: | ||
4810.13 | - - En bobinas (rollos): | |
- - - De peso inferior o igual a 150 g/m2: | ||
4810.13.11 | - - - - De peso inferior o igual a 60 g/m2 | kg |
4810.13.19 | - - - - Los demás | kg |
4810.13.20 | - - - De peso superior a 150 g/m2 | kg |
4810.14 | - - En hojas en las que un lado sea inferior o igual a 435 mm y el otro sea inferior o igual a 297 mm, medidos sin plegar: | |
4810.14.10 | - - - En las que un lado sea superior a 360 mm y el otro sea superior a 53150 mm, sin plegar | kg |
4810.14.90 | - - - Los demás | kg |
4810.19.00 | - - Los demás | kg |
- Papel y cartón de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos, con un contenido total de fibras obtenidas por procedimiento mecánico o químico-mecánico superior al 10 % en peso del contenido total de fibra: | ||
4810.22.00 | - - Papel estucado o cuché ligero (liviano) («L.W.C.»)* | kg |
4810.29.00 | - - Los demás | kg |
- Papel y cartón Kraft, excepto los de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos: | ||
4810.31.00 | - - Blanqueados uniformemente en la masa y con un contenido de fibras de madera obtenidas por procedimiento químico superior al 95 % en peso del contenido total de fibra, de peso inferior o igual a 150 g/m2 | kg |
4810.32.00 | - - Blanqueados uniformemente en la masa y con un contenido de fibras de madera obtenidas por procedimiento químico superior al 95 % en peso del contenido total de fibra, de peso superior a 150 g/m2 | kg |
4810.39.00 | - - Los demás | kg |
- Los demás papeles y cartones: | ||
4810.92.00 | - - Multicapas | kg |
4810.99.00 | - - Los demás | kg |
Partida 48.10
Papel y cartón estucados por una o las dos caras con caolín u otras sustancias inorgánicas, con aglutinante o sin él, con exclusión de cualquier otro estucado o recubrimiento, incluso coloreados o decorados en la superficie o impresos, en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular, de cualquier tamaño
Nota Explicativa
Las sustancias inorgánicas distintas del caolín utilizadas comúnmente para el estucado son principalmente, el sulfato de bario, silicato de magnesio, carbonato de calcio, sulfato de calcio, óxido de zinc y polvo metálico (véanse las Consideraciones generales de este Capítulo que tratan del papel y cartón estucado o recubierto). Las materias inorgánicas de estucado previstas en el texto de la partida pueden contener pequeñas cantidades de sustancias orgánicas, principalmente para mejorar las características superficiales del papel.
Esta partida comprende, siempre que esté estucado con caolín u otras sustancias inorgánicas el papel y cartón de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos, incluido el papel utilizado en impresoras y en fotocopiadoras (el papel cuché o estucado ligero de esta categoría se define en la Nota 7 de subpartida de este Capítulo; en la definición, los términos “fibras de madera” no comprenden las fibras de bambú), así como el papel y cartón Kraft y el papel y cartón multicapas definido en la Nota explicativa de la partida 48.05.
Esta partida comprende solo el papel y cartón que se presente en tiras o bobinas (rollos) o en hojas cuadradas o rectangulares de cualquier tamaño. Cortados de otra forma se clasifican en otras partidas de este Capítulo (por ejemplo, partidas 48.17, 48.21 o 48.23).
Se excluyen de esta partida:
- El papel perfumado y el papel impregnado o recubierto de cosméticos (Capítulo 33).
- El papel y cartón sensibilizado de las partidas 37.01 a 37.04.
- Las hojas y tiras impregnadas de reactivos de diagnóstico o de laboratorio (partida 38.22).
- Papeles para copiar de las partidas 48.09 o 48.16.
- El papel para decorar y revestimientos similares de paredes, así como el papel para vidrieras (partida 48.14).
- Las tarjetas para correspondencia y los demás artículos de papel cartón para correspondencia de la partida 48.17.
- Los abrasivos con soporte de papel o cartón (partida 68.05) o la mica, excepto el polvo de mica, con soporte de papel (partida 68.14 ).
- Las hojas y tiras delgadas de metal con soporte de papel o cartón (generalmente, Secciones XIV ó XV).
Notas de Subpartidas
Subpartidas Arancelarias 4810.13, 4810.14, 4810.19, 4810.22 y 4810.29
El papel y cartón comprendido en estas cinco subpartidas es el mismo que sin estucar se clasifica en la partida 48.02.
Subpartida Arancelaria 4810.92
El papel y cartón multicapas se describe en la Nota explicativa de la partida 48.05.
Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea
Subpartidas Arancelarias 4810.13.00 a 4810.19.00
Papel y cartón de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos, sin fibras obtenidas por procedimiento mecánico o químico-mecánico o con un contenido total de estas fibras inferior o igual al 10 % en peso del contenido total de fibra
Véase la nota explicativa de subpartidas del SA, subpartidas 4810.13, 4810.14, 4810.19, 4810.22 y 4810.29.
Subpartidas Arancelarias 4810.22.00 a 4810.29.80
Papel y cartón de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos, con un contenido total de fibras obtenidas por procedimiento mecánico o químico-mecánico superior al 10 % en peso del contenido total de fibra
Véase la nota explicativa de subpartidas del SA, subpartidas 4810.13, 4810.14, 4810.19, 4810.22 y 4810.29.
Subpartida Arancelaria 4810.22.00
Papel estucado o cuché ligero (liviano) («L.W.C.»)
Véase la nota de subpartida 7 de este capítulo.
Subpartidas Arancelarias 4810.92.10 a 4810.92.90
Multicapas
Véanse las notas explicativas del SA, partida 48.05, segundo párrafo, apartado 2.