Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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II. LOS DEMÁS PRODUCTOS CERÁMICOS | ||
69.09 | Aparatos y artículos, de cerámica, para usos químicos o demás usos técnicos; abrevaderos, pilas y recipientes similares, de cerámica, para uso rural; cántaros y recipientes similares, de cerámica, para transporte o envasado. | |
- Aparatos y artículos para usos químicos o demás usos técnicos: | ||
6909.11.00 | - - De porcelana | u |
6909.12.00 | - - Artículos con una dureza equivalente a 9 o superior en la escala de Mohs | u |
6909.19.00 | - - Los demás | u |
6909.90.00 | - Los demás | u |
Partida 69.09
Aparatos y artículos, de cerámica, para usos químicos o demás usos técnicos; abrevaderos, pilas y recipientes similares, de cerámica, para uso rural; cántaros y recipientes similares, de cerámica, para transporte o envasado
Nota Explicativa
Esta partida comprende un conjunto, bastante heterogéneo en cuanto a su naturaleza, de artículos hechos generalmente con cerámica vitrificada (gres, porcelana, cerámica a base de esteatita), incluso esmaltados. No comprende las manufacturas refractarias concebidas para resistir las temperaturas elevadas previstas en las Consideraciones Generales del Subcapítulo I; por el contrario, incluye las manufacturas de materias refractarias cuya utilización no requiere propiedades refractarias, caso por ejemplo, de los guiahilos para la industria textil o de los trituradores o molinos para esmaltes, de alúmina sinterizada.
Se clasifican aquí:
- los utensilios y aparatos de laboratorio (de investigación, industriales, etc.), tales como: crisoles, tapas para crisoles, cápsulas, navecillas, copelas, morteros, manos de morteros, cucharas para ácidos, espátulas, soportes para filtros y para catálisis, filtros (tubos, placas, bujías, etc.), conos y embudos para filtración, baño María, embudos y vasos especiales, potes graduados (excepto los simples recipientes graduados de cocina), cubetas, frascos para mercurio, tubos, incluso ramificados, especialmente diseñados para laboratorio (incluidos los tubos de combustión, los tubos de dosificado de azufre o de otros elementos, etc.).
- Otros aparatos y utensilios para usos técnicos de carácter esencialmente industrial, tales como: bombas, válvulas, cubas, tinas, retortas u otros recipientes fijos de pared doble o sencilla (para galvanoplastia, almacenado de ácidos, etc.), grifos para ácidos, serpentines, columnas de destilación, de flujo, etc., anillos de Raschig para columnas de destilación de productos petrolíferos, trituradores y molinos, bolas y rodillos para trituradores, guiahilos para máquinas textiles, hileras para textiles artificiales, plaquitas, varillas, puntas y objetos similares para útiles, etc,
- Recipientes de los tipos utilizados en el tráfico comercial para el transporte y envasado, tanto si se trata de recipientes (garrafas, damajuanas, bombonas, etc.) para el transporte de ácidos y de otros productos químicos, como de contenedores tales como cántaros, terrinas, potes, etc., para productos alimenticios (mostaza, condimentos, foie gras, licores, aguardiente, aceite, etc.), para productos farmacéuticos y productos de perfumería (pomadas, ungüentos, cremas, etc.), para tinta, etc.
- Artículos de uso rural que tengan el carácter de recipientes, tales como tinas, pilas, bebederos y similares.
Se excluyen de esta partida:
- Los artículos de la partida 68.04.
- Las retortas, crisoles, muflas, copelas y demás artículos de esta clase, de material refractario (partida 69.03).
- Los contenedores de cocina (para harina, sal, especias, etc.) que tengan el carácter de utensilios de uso doméstico (partidas 69.11 o 69.12).
- Los tarros de utilización general para laboratorio y los tarros para tiendas (farmacias, confiterías, etc.) (partida 69.14).
- Las manufacturas de cermets (partida 81.13).
- El material eléctrico (conmutadores, cajas de conexión, cortacircuitos, fusibles, etc.), de las partidas 85.33 a 85.38, así como los aisladores y demás piezas aislantes para instalaciones eléctricas de las partidas 85.46 u 85.47.
Notas de Subpartidas
Subpartida Arancelaria 6909.12
Esta subpartida comprende artículos cerámicos de alto rendimiento. Estos artículos están compuestos de una matriz cerámica cristalina (por ejemplo: de alúmina, carburo de silicio, dióxido de circonio o de nitruro de silicio, nitruro de boro o nitruro de aluminio o de una combinación de estas materias); mechones o fibras de materia de refuerzo (por ejemplo, metal o grafito) pueden también estar dispersos en la matriz para formar una materia cerámica compuesta.
Estos artículos se caracterizan por tener una matriz con granos muy pequeños y porosidad muy baja, una resistencia elevada al desgaste, a la corrosión, a los choques térmicos, a la alta temperatura, y por una relación resistencia-peso comparable o superior a la del acero.
Se usan frecuentemente, sustituyendo al acero o a otros metales, en aplicaciones mecánicas que requieren tolerancias dimensionales estrechas (por ejemplo: los rotores de los turbocompresores de los motores, los cojinetes de contactos rodantes y las máquinas herramienta).
La escala de Mohs usada en esta subpartida para medir la dureza, clasifica las materias en función de su capacidad de rayar la superficie de la materia que es inmediatamente inferior en dureza sobre la escala. Las materias están clasificadas del 1 (el talco) al 10 (el diamante). La mayor parte de las materias cerámicas de alto rendimiento están clasificadas hacia lo alto de la escala. El carburo de silicio y el óxido de aluminio, dos materias utilizadas en la fabricación de cerámicas de alto rendimiento están clasificadas como 9 o más sobre la escala de Mohs. Para distinguir entre las materias más duras, la escala de Mohs a veces se amplía clasificando el talco como 1 y el diamante como 15. Sobre esta escala de Mohs extendida la alúmina fundida tiene una dureza equivalente a 12 y el carburo de silicio a 13.
Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea
Subpartidas Arancelarias 6909.11.00 a 6909.19.00
Aparatos y artículos para usos químicos o demás usos técnicos
Véanse las notas explicativas del SA, partida 69.09, párrafo segundo, apartados 1 y 2.
Subpartida Arancelaria 6909.12.00
Artículos con una dureza igual o superior a 9 en la escala de Mohs
Véase la nota explicativa de subpartidas del SA, subpartida 6909.12.
Subpartida Arancelaria 6909.90.00
Los demás
Véanse las notas explicativas del SA, partida 69.09, párrafo segundo, apartados 3 y 4.