Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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12.10 | Conos de lúpulo frescos o secos, incluso triturados, molidos o en «pellets»; lupulino. | |
1210.10.00 | - Conos de lúpulo sin triturar ni moler ni en «pellets» | kg |
1210.20.00 | - Conos de lúpulo triturados, molidos o en «pellets»; lupulino | kg |
Partida 12.10
Conos de lúpulo frescos o secos, incluso triturados, molidos o en «pellets»; lupulino
Nota Explicativa
Los conos de lúpulo son los amentos o flores cónicas y escamosas de la planta del lúpulo (Humulus lupulus). Se utilizan principalmente en cervecería para conferir a la cerveza su sabor característico. Se emplean también en medicina. Esta partida comprende los conos de lúpulo frescos o secos, incluso triturados o molidos o en “pellets” (es decir, en forma de cilindros, bolitas, etc., aglomerados por simple presión o por adición de un aglutinante en proporción inferior o igual al 3% en peso).
El lupulino es el polvo resinoso amarillo que cubre el cono del lúpulo; contiene el principio amargo, aromático y colorante al que se deben, en gran parte, las propiedades del lúpulo. En cervecería, reemplaza parcialmente al lúpulo. Se utiliza también en medicina. Se obtiene separándolo de los conos secos por medios mecánicos.
Se excluyen de esta partida:
- El extracto de lúpulo (partida 13.02).
- Los residuos de lúpulo totalmente agotados (partida 23.03).
- El aceite esencial de lúpulo (partida 33.01).
Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea
Subpartida Arancelaria 1210.20.10
Conos de lúpulo triturados, molidos o en pellets, enriquecidos con lupulino; lupulino
Además de lupulino, se clasifican en esta subpartida los productos enriquecidos con lupulin, obtenidos triturando conos de lúpulo después de la eliminación mecánica de las hojas, los tallos, las brácteas y los raquis.