Código | Designación de la Mercancía | U.F |
---|---|---|
01.02 | Animales vivos de la especie bovina. | |
- Bovinos domésticos: | ||
0102.21.00 | - - Reproductores de raza pura | u |
0102.29 | - - Los demás: | |
0102.29.10 | - - - Para lidia | u |
0102.29.90 | - - - Los demás | u |
- Búfalos: | ||
0102.31.00 | - - Reproductores de raza pura | u |
0102.39.00 | - - Los demás | u |
0102.90.00 | - Los demás | u |
Partida 01.02
Animales vivos de la especie bovina
Nota Explicativa
La presente partida comprende todos los bovinos de la subfamilia Bovinae, aunque no pertenezcan a especies domésticas, cualquiera que sea su destino (por ejemplo: renta, crianza, cebado, reproducción, sacrificio). Entre ellos, se pueden citar:
- Los animales del género Bos, incluidos el buey común (Bos taurus), el Cebú o buey de joroba (Bosindicus) y el buey Watussi.
- Los animales del género Bubalus, incluidos el búfalo europeo (Bubalus bubalus), búfalo asiático, tamarao o arni (Bubalus arni) y el anoa de las Célebes o búfalo pigmeo (Bubalus depressicornis o Anoa depressicornis).
- Los bueyes asiáticos del género Bibos, tales como el gaur (Bibos gaurus), el gayal (Bibos frontalis) y banteng (Bibos sondaicus).
- Los búfalos de África del género Syncerus, tales como el búfalo enano (Syncerus nanus) y el búfalo cafre (Syncerus caffer).
- Los yaks (Poephagus grunniens) del Tíbet.
- Los animales del género Bison, a saber, el bisonte de América (Bison bison), llamado “búfalo”, y el bisonte de Europa (Bison bonasus).
- El “beefalo” (cruce de bisonte con un animal doméstico de la especie bovina).
Notas de Subpartidas
Subpartida Arancelaria 0102.21
En la subpartida 0102.21, la expresión reproductores de raza pura comprende solamente los animales reproductores que se consideran de raza pura por las autoridades nacionales competentes.
Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea
Subpartidas Arancelarias 0102.21.10 a 0102.29.99
Bovinos domésticos
Estas subpartidas comprenden, por ejemplo, los animales descritos en las notas explicativas del SA, partida 01.02, primer párrafo, apartado 1.
El yak tiene catorce pares de costillas, mientras que los demás animales de la especie bovina (con excepción del bisonte de Europa y del bisonte de América) tienen solo trece pares de costillas.
Subpartidas Arancelarias 0102.31.00 a 0102.39.90
Búfalos
Estas subpartidas comprenden, por ejemplo, los animales descritos en las notas explicativas del SA, partida 01.02, primer párrafo, apartado 2.
El bisonte de Europa (Bison bonasus) y el bisonte de América (Bison bison) tienen catorce pares de costillas, mientras que los demás animales de la especie bovina (con excepción del yak) tienen solo trece pares de costillas.
Subpartida Arancelaria 0102.39.10
De las especies domésticas
Esta subpartida comprende todos los animales de la especie bovina doméstica del género Bubalus, cualquiera que sea el servicio al que se destinen (renta, crianza, cebado, reproducción, sacrificio, etc.), con exclusión sin embargo de los animales de raza pura para la reproducción (subpartida 0102.31.00).
Subpartida Arancelaria 0102.39.90
Los demás
Esta subpartida comprende los animales de la especie bovina de los géneros Syncerus y Bison, con exclusión sin embargo de los animales de raza pura para la reproducción (subpartida 0102.31.00).
Subpartidas Arancelarias 0102.90.00 a 0102.90.99
Los demás
Estas subpartidas comprenden, por ejemplo, los animales descritos en las notas explicativas del SA, partida 01.02, primer párrafo, apartado 3.
Subpartida Arancelaria 0102.90.91
De las especies domésticas
Esta subpartida comprende todos los animales de las especies bovinas domésticas no incluidos anteriormente, cualquiera que sea el servicio al que se destinen (renta, crianza, cebado, reproducción, sacrificio, etc.), con exclusión sin embargo de los animales de raza pura para la reproducción (subpartida 0102.90.20).