Código | Designación de la Mercancía | U.F |
---|---|---|
53.08 | Hilados de las demás fibras textiles vegetales; hilados de papel. | |
5308.10.00 | - Hilados de coco | kg |
5308.20.00 | - Hilados de cáñamo | kg |
5308.90.00 | - Los demás | kg |
Partida 53.08
Hilados de las demás fibras textiles vegetales; hilados de papel
Nota Explicativa
A) Hilados de las demás fibras textiles vegetales.
Se refiere este grupo a los hilados obtenidos por hilatura (seguida o no de retorcido o cableado) de las fibras de cáñamo de la partida 53.02, de las fibras textiles vegetales de la partida 53.05 o de las demás fibras vegetales clasificadas fuera de la Sección XI y, en particular, en el Capítulo 14 (por ejemplo, fibras de kapok o de ixtle).
Sin embargo estos hilados no se clasifican en esta partida cuando se consideren cordelería de la partida 56.07 (véase el apartado I-B 2) de las Consideraciones Generales de la Sección XI).
Los hilados de cáñamo se utilizan tanto para la fabricación de tejidos como para coser calzado, artículos de guarnicionería o talabartería, etc.
Los hilados de este grupo pueden estar acondicionados o no para la venta al por menor o estar tratados como se indica en el apartado I-B 1) de las Consideraciones Generales de la Sección XI.
Los hilados de este grupo combinados con hilos metálicos en cualquier proporción (hilados metálicos) y los hilados metalizados se clasifican en la partida 56.05.
B) Hilados de papel.
Se refiere este grupo a los hilados de papel (sencillos, retorcidos o cableados), incluso en forma de cordeles, cuerdas o cordajes sin trenzar, acondicionados o sin acondicionar para la venta al por menor.
Estos hilados se clasifican aquí estén o no tratados como se indica en el apartado I-B 1) de las Consideraciones Generales de la Sección XI.
Los hilados sencillos de papel contemplados aquí se fabrican torciendo o arrollando sobre sí mismas longitudinalmente tiras de papel humedecidas y, a veces, recubiertas. Los hilados torcidos o cableados se obtienen a partir de estos hilados sencillos.
Se excluyen de esta partida:
- Las cintas de papel plegadas una o varias veces en sentido longitudinal (Capítulo 48).
- Los hilados de papel combinados con hilos metálicos en cualquier proporción (hilados metálicos) y los hilados de papel metalizados (partida 56.05).
- Los hilados de papel armados con metal, así como los cordeles, cuerdas y cordajes de hilados de papel trenzados (partida 56.07).
Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea
Subpartida Arancelaria 5308.10.00
Hilados de coco
Solo se clasifican en esta subpartida los hilados de coco de uno o dos cabos. Los hilados de coco de tres o más cabos se clasifican en la partida 56.07, de acuerdo con la nota 3.A d) de esta sección.