Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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84.66 | Partes y accesorios identificables como destinados, exclusiva o principalmente, a las máquinas de las partidas 84.56 a 84.65, incluidos los portapiezas y portaútiles, dispositivos de roscar de apertura automática, divisores y demás dispositivos especiales para montar en estas máquinas; portaútiles para herramientas de mano de cualquier tipo. | |
8466.10.00 | - Portaútiles y dispositivos de roscar de apertura automática | u |
8466.20.00 | - Portapiezas | u |
8466.30.00 | - Divisores y demás dispositivos especiales para ser montados en las máquinas | u |
- Los demás: | ||
8466.91.00 | - - Para máquinas de la partida 84.64 | u |
8466.92.00 | - - Para máquinas de la partida 84.65 | u |
8466.93.00 | - - Para máquinas de las partidas 84.56 a 84.61 | u |
8466.94.00 | - - Para máquinas de las partidas 84.62 u 84.63 | u |
Partida 84.66
Partes y accesorios identificables como destinados, exclusiva o principalmente, a las máquinas de las partidas 8456 a 8465, incluidos los portapiezas y portaútiles, dispositivos de roscar de apertura automática, divisores y demás dispositivos especiales para montar en estas máquinas; portaútiles para herramientas de mano de cualquier tipo
Nota Explicativa
Salvo lo dispuesto con carácter general respecto a la clasificación de partes (véanse las Consideraciones Generales de la Sección XVI), y con excepción de los útiles del Capítulo 82, esta partida comprende:
- Las partes de máquinas herramienta de las diez partidas precedentes (partidas 84.56 a 84.65).
- Los accesorios para estas máquinas, es decir, los órganos de equipo intercambiables que permiten adaptar dichas máquinas a la clase de trabajo que han de realizar, los mecanismos que le confieren posibilidades suplementarias o una precisión mayor y los dispositivos para procurar un servicio determinado correlativo con la función principal de la máquina.
- Los portaútiles para útiles o herramientas de mano de cualquier tipo.
Entre las partes y accesorios de que se trata, se pueden citar:
1) Los portaútiles, que sirven para sostener, guiar y accionar el útil y permitir su intercambiabilidad. Son de muy diversos modelos. Se pueden citar, entre otros:
Los mandriles, pinzas y casquillos para brocas o machos de roscar, etc., los portaútiles de tornos, los dispositivos de roscar de apertura automática, los husillos portamuelas, los cuerpos de rodadores para rectificadoras y las barras de mandrinar, así como las torretas portaútiles para tornos revólver.
Esta partida también comprende los portaútiles para útiles o herramientas de mano de cualquier tipo (partidas 82.05 u 84.67 principalmente), incluidos los portaútiles para herramientas con árbol flexible. (Véanse también las disposiciones a este respecto de las Notas Explicativas de las partidas 84.67 y 85.01)
2) Los portapiezas, que se utilizan para sujetar la pieza y eventualmente imprimirle los movimientos correspondientes al mecanizado, tales como:
Las puntas de tornos, los mandriles mecánicos o neumáticos para tornos, así como las mordazas o mandíbulas de sujeción, los platos circulares y las mesas, con dispositivos de orientación o de reglaje micrométrico o sin ellos, las bridas y escuadras de fijación, las cuñas y bloques, los tornillos fijos giratorios u orientables y las lunetas, que son órganos anulares para sujetar las piezas de gran longitud durante el torneado con objeto de prevenir alabeo o las vibraciones debidas a la presión del útil.
3) Los dispositivos auxiliares para el torneado esférico, para destalonar, para ranurar, etc.
4) Los dispositivos para copiar o reproducir (incluso eléctricos o electrónicos), con los que se realiza la fabricación automática de piezas de acuerdo con un modelo o prototipo.
5) Los dispositivos de rectificar para cepilladoras o limadoras.
6) Los dispositivos mecánicos o neumáticos que se utilizan para regular automáticamente el avance de la pieza o del útil durante el mecanizado.
7) Los demás dispositivos auxiliares especiales para aumentar la precisión de las máquinas herramienta sin que ellos mismos tengan una función propia de mecanizado, tales como los dispositivos de centrado, los aparatos para puntear, los dispositivos divisores, los dispositivos micrométricos para detener o limitar la carrera de los carros del torno, etc., incluso si tienen un dispositivo óptico de lectura (por ejemplo, divisores ópticos), con exclusión de los aparatos que se montan también en las máquinas, pero que constituyen instrumentos propiamente ópticos, principalmente, los microscopios de centrado (partida 90.11), los lectores micrométricos, los anteojos de alineación y los proyectores de perfiles (partida 90.31).
Se excluyen además de esta partida:
- Las muelas y artículos similares de abrasivos de la partida 68.04.
- Los filtros magnéticos o electromagnéticos para eliminar las limaduras de los aceites de corte (partida 84.21).
- Los accesorios que consistan en aparatos de elevación o de manipulación, tales como los gatos para nivelar que se utilizan a veces para colocar en su sitio y sujetar en las máquinas las piezas pesadas o voluminosas (por ejemplo, partida 84.25).
- Los reductores y variadores de velocidad, así como los embragues y dispositivos similares de la partida 84.83.
- Las partes y accesorios, incluyendo porta piezas, porta útiles y demás dispositivos especiales para maquinas herramientas, concebidos exclusiva o principalmente para maquinas y aparatos de la partida 84.86.
- Las partes y accesorios eléctricos (incluso electrónicos), tales como mandriles y platos magnéticos, así como los cuadros, armarios y pupitres para control numérico (Capítulo 85).
- Los aparatos de control o de verificación (partida 90.31).
- Los cuentarrevoluciones y los contadores de producción (partida 90.29).
- Los cepillos que constituyan elementos de maquinaria (partida 96.03).
- Ídem al anterior.