Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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84.79 | Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo. | |
8479.10.00 | - Máquinas y aparatos para obras públicas, la construcción o trabajos análogos | u |
8479.20 | - Máquinas y aparatos para extracción o preparación de grasas o aceites, vegetales o de origen microbiano, fijos o animales: | |
8479.20.10 | - - Para la extracción | u |
8479.20.90 | - - Los demás | u |
8479.30.00 | - Prensas para fabricar tableros de partículas, fibra de madera u otras materias leñosas y demás máquinas y aparatos para el tratamiento de la madera o el corcho | u |
8479.40.00 | - Máquinas de cordelería o cablería | u |
8479.50.00 | - Robots industriales, no expresados ni comprendidos en otra parte | u |
8479.60.00 | - Aparatos de evaporación para refrigerar el aire | u |
- Pasarelas de embarque para pasajeros: | ||
8479.71.00 | - - De los tipos utilizados en aeropuertos | u |
8479.79.00 | - - Las demás | u |
- Las demás máquinas y aparatos: | ||
8479.81.00 | - - Para el tratamiento del metal, incluidas las bobinadoras de hilos eléctricos | u |
8479.82.00 | - - Para mezclar, amasar o sobar, quebrantar, triturar, pulverizar, cribar, tamizar, homogeneizar, emulsionar o agitar | u |
8479.83.00 | - - Prensas isostáticas en frío | u |
8479.89 | - - Los demás: | |
8479.89.10 | - - - Para la industria de jabón | u |
8479.89.20 | - - - Humectadores y deshumectadores (excepto los aparatos de las partidas 84.15 u 84.24) | u |
8479.89.30 | - - - Engrasadores automáticos de bomba, para máquinas | u |
8479.89.40 | - - - Para el cuidado y conservación de oleoductos o canalizaciones similares | u |
8479.89.50 | - - - Limpiaparabrisas con motor | u |
8479.89.80 | - - - Prensas | u |
8479.89.90 | - - - Los demás | u |
8479.90.00 | - Partes | u |
Partida 84.79
Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo
Nota Explicativa
Esta partida comprende las máquinas y aparatos mecánicos con una función propia y que no estén:
a) Excluidos de este Capítulo por las Notas Legales.
b) Comprendidos más específicamente en otros Capítulos.
c) Clasificados en otras partidas más especificas de este Capítulo porque:
- No estén especializados ni por la función ni por el tipo.
- No sean específicos de ninguna de las industrias contempladas en estas partidas y no se apliquen en consecuencia en ninguna de dichas industrias.
- Puedan, por el contrario, utilizarse indiferentemente en dos (o más de dos) de estas industrias (máquinas de uso general).
Las máquinas y aparatos de esta partida se distinguen de las partes de máquinas o de aparatos que se clasifican de acuerdo con las disposiciones generales sobre la clasificación de partes por el hecho de tener una función propia.
Para la aplicación de las disposiciones precedentes, se considera que tienen una función propia:
A) Los dispositivos mecánicos, lleven o no motores o máquinas motrices, cuya función pueda llevarse a cabo de una manera diferenciada e independiente de cualquier otra máquina, aparato o artefacto.
Ejemplo: La humectación y deshumectación del aire son funciones propias, puesto que pueden realizarse mediante aparatos que funcionan independientemente de cualquier otro aparato o máquina.
Los deshumectadores de aire para montar en generadores de ozono son pues, cuando se importan separadamente, aparatos que tienen una función propia, que se clasifican por ello en esta partida.
B) Los dispositivos mecánicos que sólo pueden funcionar montados en otra máquina u otro aparato o artefacto, o incorporados a un conjunto más complejo, con la condición, sin embargo, de que su función:
- Sea distinta de la de la máquina, del aparato o del artefacto sobre el que deben montarse o de la del conjunto al que deben incorporarse, y
- Que no participe integral e indisociablemente en el funcionamiento de la máquina, del aparato, del artefacto o del conjunto.
Ejemplo: Un dispositivo mecánico cortador de urdimbre, para montar en una máquina de coser industrial con el fin de cortar automáticamente el hilo y permitir así que la máquina de coser funcione sin interrupción, es un aparato con función propia, puesto que no participa en la función de costura de la máquina. A falta de una partida más específica, tal aparato se clasifica en esta partida.
Por el contrario un carburador para motor de encendido por chispa no tiene función propia según la definición anterior aunque su función sea distinta de la del motor, puesto que esta función se integra en la del motor de la que en realidad sólo constituye una fase. Los carburadores presentados separadamente son pues partes de motor, que se clasifican por tanto en la partida 84.09.
Asimismo, los amortiguadores mecánicos o hidráulicos forman parte integrante de las máquinas o aparatos a los que están incorporados. Presentados aisladamente, estos amortiguadores se clasifican pues como partes de las máquinas o aparatos en los que habrán de montarse. Los amortiguadores para vehículos automóviles, aviones u otros vehículos se clasifican en la Sección XVII.
Aunque técnicamente muy dispares, los numerosos aparatos y máquinas de esta partida pueden, sin embargo, desde el punto de vista formal, agruparse como sigue:
I. MAQUINAS Y APARATOS DE USO GENERAL
Forman parte de este grupo, principalmente:
1) Los tanques y otros recipientes, incluidas las cubas y tanques para electrólisis, equipados con dispositivos mecánicos (agitadores, etc.), que no sean reconocibles como destinados principalmente a una industria determinada y que no respondan, por otra parte, a la definición de cubas o recipientes de la partida 84.19. No se consideran aparatos mecánicos, las cubas y recipientes simplemente provistos de grifos, indicadores de nivel, manómetros o artículos análogos (régimen de la materia constitutiva).
2) Las prensas, trituradores, quebrantadores, mezcladores y malaxadores, sin aplicación especifica.
3) Los distribuidores y dosificadores volumétricos de sólidos o de líquidos, distribuidores mecánicos de piezas para talleres, etc., sin aplicación específica.
4) Las máquinas y aparatos para colocar las anillas de ojales o remaches tubulares en distintas materias indiferentemente, tales como los textiles, cartón, plástico, cuero, así como las máquinas para colocar las grapas en las correas de transmisión de cuero, balata, textil, caucho, etc.
5) Los motovibradores constituidos por un motor eléctrico cuyo árbol está provisto en los extremos de discos excéntricos que crean vibraciones multidireccionales que se comunican al aparato o artefacto en el que estos motovibradores están fijos (cuchara, tolva, transportador, dispositivo de compactación, etc.).
6) Los vibradores electromagnéticos para fijar en distintos aparatos (distribuidoras, cribadores, aparatos de compactación, etc.), que consisten en un zócalo sobre el que están fijados, por una parte, un electroimán y, por otra, dos vástagos metálicos que soportan una masa solidaria de dos juegos de muelles que la mantienen a cierta distancia del electroimán, masa que es alternativamente atraída por el electroimán y repelida por los muelles.
7) Los robotes industriales para usos múltiples; los robotes son máquinas automáticas que pueden programarse para ejecutar repetitivamente cualquier ciclo de movimientos en el espacio (comportamiento tipo). Los robotes tienen la facultad de aprehender, gracias a los captadores, el entorno en el que trabajan y analizar las informaciones así obtenidas con el fin de modificar el comportamiento tipo para adaptarse a las variaciones del medio.
Los robotes industriales pueden estar constituidos por una estructura articulada comparable a la de un brazo humano montada en un zócalo colocado en posición horizontal o vertical y que llevan en el extremo un puño orientable para la cabeza de la utilería (robotes verticales). Pueden igualmente estar constituidos por una estructura rectilínea que se desplaza siguiendo un eje vertical y en la que el puño constituye el extremo de una unidad de traslación que se desplaza en un eje horizontal (robotes horizontales). Estos robotes pueden igualmente colocarse en un pórtico (robotes de pórtico).
Las diferentes partes de la estructura son accionadas por motores eléctricos o por medio de un sistema hidráulico o neumático.
Los robotes industriales tiene múltiples aplicaciones: soldadura, pintura, manipulación, carga, descarga, corte, ensamblado, desbarbado, etc. Sustituyen cada vez más al hombre para la ejecución de tareas realizadas en atmósfera hostil (por ejemplo, productos tóxicos o polvo) o que presentan un elevado grado de penosidad (desplazamiento de cargas pesadas, repetición de operaciones de cadencia elevada). Para estas diversas aplicaciones, los robotes están equipados con una cabeza para herramientas o útiles específicamente proyectados para realizar una tarea (por ejemplo: pinzas, ganchos, cabezas y pinzas de soldar).
Esta partida sólo comprende los robotes industriales que puedan indiferentemente emplearse en funciones diversas gracias a la utilización de equipos diferentes. Por el contrario, se excluyen los robotes exclusivamente proyectados para una aplicación determinada; éstos se clasifican en la partida que comprenda la función que realizan (por ejemplo, partidas 84.24, 84.28, 84.86 u 85.15).
II. MAQUINAS Y APARATOS QUE PUEDEN AGRUPARSE POR LAS INDUSTRIAS QUE LOS UTILIZAN
En este grupo se pueden citar:
A) Las máquinas y aparatos de obras públicas, construcción o trabajos análogos, tales como:
1) Las máquinas para esparcir el mortero u hormigón, con excepción de las hormigoneras o mezcladores similares para la preparación de hormigón o mortero (partidas 84.74 u 87.05).
2) Las perfiladoras e igualadoras para la construcción de carreteras, que producen el compactado del hormigón, el acabado de la superficie de rodadura y a veces incluso el esparcido.
Se excluyen sin embargo de la presente partida las niveladoras de la partida 84.29.
3) Las esparcidoras de grava, incluso autopropulsadas, para esparcir la grava en los revestimientos de carreteras o similares (estas máquinas montadas en un chasís automóvil se clasifican en la partida 87.05), así como las máquinas autopropulsadas para esparcir y compactar los revestimientos bituminosos de las carreteras.
4) Las máquinas y aparatos mecánicos para alisar, estriar, cuadricular, etc., el hormigón fresco, así como el asfalto y revestimientos pastosos similares.
Las calderas y máquinas para fundir los productos bituminosos se clasifican en la partida 84.19.
5) Los pequeños aparatos con motor auxiliar dirigidos a mano para la conservación de las calzadas, tales como motobarredoras y aparatos para trazar las líneas de circulación en las vías públicas. Se clasifican igualmente en esta partida, en concepto de equipo intercambiable, las escobas mecánicas rotativas, incluso montadas eventualmente con una cuchara para basuras y un sistema de riego, sobre chasís de ruedas, accionadas por un tractor de la partida 87.01, incluso si se presentan con éste.
6) Las esparcidoras de sal y de arena para la limpieza de la nieve de las carreteras, concebidas para ser instaladas en un camión, formadas por un depósito para guardar la sal y la arena, un agitador para romper los terrones, un sistema para machacar y triturar los trozos de sal, y un dispositivo hidráulico de proyección con una rueda esparcidora. Todas las funciones de la máquina se controlan a distancia desde la cabina del camión.
B) Las máquinas y aparatos para las industrias del aceite, jabonería o industrias de las grasas alimenticias, tales como:
- Los quebrantadores, trituradores, molinos, prensas y escurridoras especiales para semillas o frutos oleaginosos.
- Los recipientes con agitadores mecánicos especialmente proyectados para refinar aceites.
- Los aparatos para lavar sebos.
- Los laminadores de sebo en rama para romper las células antes de fundirlos.
- Las batidoras para emulsionar y las malaxadoras para margarina.
- Las máquinas para cortar o moldear las pastillas de jabón.
C) Las máquinas y aparatos para el tratamiento de la madera o materias similares, tales como:
- Los tambores de descortezar en los que las trozas se descortezan por frotamiento de unas con otras.
- Las prensas especiales para aglomerar las fibras, virutas, aserrín de madera, polvo de corcho.
- Las prensas para densificar la madera.
- Las máquinas para impregnar la madera a presión.
D) Las máquinas de cordelería o de cablería (torcedoras, trenzadoras, cableadoras, etc.) para hilados textiles o para alambres, incluidas las máquinas y aparatos para retorcer o cablear conductores eléctricos flexibles, excepto las máquinas de retorcer de los tipos utilizados en hilatura (partida 84.45).
Se excluyen de aquí:
- Las máquinas de enrollar u ovillar los hilos y cuerdas (partida 84.45).
- Las máquinas para pulir los hilos o cuerdas (partida 84.51).
E) Las máquinas y aparatos para el tratamiento de los metales, incluidas las bobinadoras para enrollamientos eléctricos, tales como:
- Los tornillos prensa con crisol para soldadura aluminotérmica de los carriles u otras piezas mecánicas.
- Las máquinas para decapar o desengrasar metales (con ácido, con tricloruro de etileno, etc.), incluidas las estaciones de decapados de los laminadores de chapa, pero con excepción de las máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor de la partida 84.24.
- Los toneles giratorios para el desarenado, decapado o pulido de piezas metálicas (tuercas, pernos, bolas de rodamientos, etc.).
- Las máquinas para la fabricación de hojalata por inmersión.
- Las máquinas y aparatos para romper galápagos y los bocartes especiales para romper manufacturas viejas de fundición.
- Las máquinas especiales para entorchar o revestir los cables eléctricos con hilados textiles, bandas de papel impregnado, cintas de amianto u otras cintas aislantes o protectoras, con excepción de las máquinas y telares de los tipos previstos en la partida 84.47.
- Las bobinadoras de alambres para electricidad, es decir, las máquinas para bobinar los conductores en los inducidos, inductores u otros bobinados de motores, transformadores, etc.
F) Las máquinas y aparatos de céstería, de espartería, etc., para trenzar o entrelazar el mimbre, junco, ratán (roten), paja, cintas de madera, de plástico, etc., tales como:
- Las máquinas para hacer cestas, cuévanos o artículos análogos.
- Las máquinas para enfundar con trenzados, cintas de madera, etc., las bombonas, garrafones, botellas, etc.
- Las máquinas para fabricar las fundas de paja para botellas.
- Las máquinas de trenzar sombreros o trenzas de sombrerería.
Las máquinas para hendir la madera, pelar el mimbre, hilar el ratán (roten), etc., se clasifican en la partida 84.65.
G) Las máquinas y aparatos para la fabricación de cepillos, brochas o pinceles, tales como:
- Las máquinas para preparar las cabezas de brochas y pinceles, incluidas las máquinas de redondear o igualar las cabezas preparadas.
- Las máquinas para la implantación de fibras o de cerdas en los casquillos, monturas o mangos de brochas, pinceles o cepillos.
Se excluyen de aquí:
- Las máquinas de esterilizar las cerdas o las fibras (partida 84.19).
- Las máquinas para trabajar las monturas o mangos para cepillos o brochas, de madera, corcho, hueso, caucho endurecido o materias duras similares (partida 84.65).
III. MAQUINAS Y APARATOS DIVERSOS
Pertenecen a este grupo, principalmente:
- Los humectadores y deshumectadores de aire, excepto los aparatos de las partidas 84.15, 84.24 u 85.09.
- Los arrancadores de motores y los aparatos que hacen girar las hélices para el arranque de aviones (mecánicos, hidráulicos, de aire comprimido, etc.), con excepción de los aparatos eléctricos de la partida 85.11.
- Los acumuladores hidráulicos para mantener en reserva cierta cantidad de líquido a presión para regularizar el caudal o la presión de alimentación de las máquinas hidráulicas; se componen generalmente de un cilindro vertical alimentado por una bomba en el que se desplaza un pistón cargado con una pesada masa calibrada.
- Los engrasadores automáticos de bomba, para máquinas.
- Las maquinas de impregnar las cerillas.
- Las máquinas y aparatos para alquitranar o revestir los toneles, excepto los aparatos de chorro de la partida 84.24.
- Las máquinas para recubrir los electrodos de soldadura.
- Las máquinas para quitar o colocar la gelatina en los rodillos entintadores.
- Máquinas para revestir emulsiones fotosensibles sobre soportes, distintas de las comprendidas en la partida 84.86.
- Las máquinas para deslustrar vidrio con ácidos.
- Las roblonadoras y desroblonadoras, así como los aparatos para sacar las chavetas y los bujes, con exclusión de las herramientas del Capítulo 82 y de las pequeñas herramientas neumáticas, hidráulicas o con motor incorporado, incluso eléctrico, de uso manual (partida 84.67).
- Las máquinas para la conservación de oleoductos u otras canalizaciones similares, incluidas las pequeñas máquinas automotoras para revestir que, circulando en los oleoductos, decapan el tubo, lo recubren de betún y lo envuelven con un revestimiento protector, así como las máquinas para limpiar el interior de los oleoductos desplazándose por ellos mediante un fluido de transporte.
- Las máquinas para enrollar las cintas de cardas en los tambores.
- Las máquinas para fabricar pisos de cuerda para alpargatas y zapatillas.
- Las máquinas para lavar, desengrasar o desempolvar las plumas para almohadas, edredones, etc.
- Las máquinas para llenar los edredones o los colchones, por aspiración o impulsión.
- Las máquinas para aplicar abrasivos a diversos soportes (tejidos, papel, etc.).
- Las enrolladoras de cables o tubos flexibles utilizadas para bobinar cables o cordajes de hilos textiles o metálicos, cables eléctricos, tubos de plomo, etc.
- Los aparatos para guadañar hierbas acuáticas, constituidos por una guadaña horizontal sumergida que oscila en un eje vertical sostenido por un chasis que permite adaptarlos a una embarcación; estos aparatos funcionan a mano o con motor.
- Las campanas de inmersión y las escafandras metálicas, provistas de mecanismos.
- Los giróscopos para la estabilización de barcos o para usos similares, con exclusión de los dispositivos giroscópicos para aparatos del Capítulo 90 (girocompases, etc.) y de los estabilizadores giroscópicos de la partida 93.06 (por ejemplo, para torpedos marinos).
- Los aparatos para timonear y gobernar los barcos, con excepción de los simples timones (partidas 73.25 o 73.26, generalmente) y de los timones automáticos o giropilotos de la partida 90.14.
- Los limpiaparabrisas con motor (eléctricos, hidráulicos, neumáticos, etc.) para vehículos terrestres de cualquier tipo, aeronaves o barcos, con exclusión de los de ciclos y automóviles de la partida 85.12. La partida comprende igualmente los portaescobillas y escobillas montadas, siempre que sean reconocibles como destinados a los limpiaparabrisas descritos anteriormente; los destinados a limpiaparabrisas de automóviles se clasifican en la partida 85.12.
- Los aparatos para limpiar piezas metálicas u otros artículos diversos por ultrasonido, que comprenden, cuando están completos, ya sea reunidos en un solo cuerpo o en elementos separados, un generador de alta frecuencia, una o varias cabezas ultrasónicas (transductores) y un tanque para las piezas que van a limpiarse, presentados completos o sin el tanque. Los transductores (cabezas) ultrasónicos para equipar estos aparatos se clasifican igualmente en esta partida. Se excluyen los aparatos y los transductores ultrasónicos utilizados exclusiva o principalmente para limpiar obleas (wafers) o dispositivos de visualización (display) de pantalla plana (partida 84.86).
- Los sopletes para cortar debajo del agua, que llevan generalmente un dispositivo encendedor y un dispositivo para suministrar un chorro complementario de oxígeno destinado a crear en el agua una cavitación que proteja la llama.
- Los aparatos para desmontar las obras de hormigón o para perforar rocas (perforación térmica), que utilizan un procedimiento basado en el calor elevado desprendido por el hierro o el acero al quemarse en un chorro de oxígeno. Se trata de dispositivos, en general muy sencillos, que se componen esencialmente de un grifo-válvula con puño aislante unido a una fuente de oxígeno y un saliente con ejecución en el que se inserta un tubo cualquiera de hierro o acero. El oxígeno admitido en el tubo, cuyo extremo se ha puesto previamente al rojo, provoca la combustión viva del metal; el tubo se consume y el calor desarrollado provoca la fusión del cemento o de las rocas.
- Los aparatos automáticos para limpiar el calzado.
- Las máquinas para parafinar vasos, potes, etc., por inmersión.
- Las enceradoras industriales.
- Los aparatos de evaporación para refrescar locales.
- Las máquinas cortadoras por chorro de agua o chorro de agua abrasivo. Son máquinas diseñadas para cortar materiales por un procedimiento que utiliza un chorro de agua o de agua mezclada con abrasivos muy finos, generalmente a una velocidad de 2 a 3 veces la del sonido. Funcionan con presiones de 3,000 a 4,000 bares y son capaces de hacer múltiples tipos de cortes de precisión en una gran variedad de materiales. Las máquinas cortadoras por chorro de agua se utilizan normalmente para materiales blandos (espuma, goma blanda, materiales para juntas, láminas, etc.). Las máquinas cortadoras por chorro de agua abrasivo se utilizan normalmente para materiales más duros (acero para herramientas, goma dura, aglomerados, piedra, cristal, aluminio, acero inoxidable, etc.).
Los aparatos para limpieza de alfombras y moquetas in situ, excepto los de limpieza en seco, concebidos para utilizarse en locales (distintos de los domésticos) como hoteles, moteles, hospitales, oficinas, restaurantes y escuelas, se clasifican en la partida 84.51.
También se excluye de esta partida la maquinaria encapsular, en el montaje de los semiconductores (partida 84.86).
PARTES
Salvo lo dispuesto con carácter general respecto a la clasificación de partes (véanse las Consideraciones Generales de la Sección XVI), están igualmente comprendidas aquí las partes de máquinas o aparatos de esta partida, incluidos los moldes, excepto los comprendidos en otra parte (principalmente en la partida 84.80).
Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea
Subpartida Arancelaria 8479.40.00
Máquinas de cordelería o cablería
Esta subpartida comprende, principalmente:
1. las máquinas y aparatos para la fabricación de cuerdas y cables de materias textiles, tales como:
- las máquinas (torcedoras) que permiten obtener cordones reuniendo por torsión varios hilos elementales;
- las máquinas para cablear cuerdas y cables de gran diámetro, que reúnen por torsión varios cabos;
- las máquinas (corchadoras o retorcedoras) que realizan simultáneamente el retorcido y el cableado, sobre todo para la fabricación de maromas, sogas gruesas o de cuerdas y cables de diámetro relativamente reducido;
2. las máquinas y aparatos para la fabricación de cuerdas y cables con alambres metálicos, distintos de los cables eléctricos, que funcionan del mismo modo que las máquinas y aparatos del apartado 1 anterior;
3. las máquinas y aparatos para el trenzado o cableado de cables eléctricos, incluso aislados previamente, y las máquinas formadoras para la fabricación de cables coaxiales.
Se excluyen de esta subpartida las máquinas que efectúan las operaciones previas al torcido, es decir, el peinado, extendido, doblado, estirados sucesivos e hilado, así como las máquinas de retorcer de los tipos utilizados en hilatura, algunas de las cuales pueden también utilizarse en la fabricación de bramantes finos por torcido de hilados (partida 84.45).
Subpartida Arancelaria 8479.89.97
Los demás
Pertenecen, por ejemplo, a esta subpartida:
1. Los sistemas de apertura de puertas de garaje. Se trata de aparatos mecánicos que abren o cierran las puertas basculantes de los garajes en forma automática o por telemando. Se fijan en el techo del garaje y consisten básicamente en un servomotor eléctrico con palanca de mando, una banda de conexión con dispositivo para la transmisión de la fuerza y un brazo de maniobra fijo a la puerta del garaje. El servomotor está conectado por cable al receptor de radiotelemando instalado en el interior del garaje que cierra el circuito de corriente eléctrica para alimentar al servomotor en el momento en que recibe las señales de mando procedentes del aparato emisor de telemando, situado en el automóvil. Los aparatos de emisión y de recepción de estos sistemas de telemando se excluyen, sin embargo, de esta subpartida y se clasifican, según sus propias características, en la partida 85.26.
2. determinados aparatos y máquinas para la fabricación de circuitos impresos (por mecanizado y corte de placas de papel rígido, tejido de vidrio, cerámica u otra materia aislante), como los siguientes:
- las máquinas de cepillar y las máquinas de lavar por ultrasonidos, para la limpieza de las placas de materias aislantes;
- las máquinas de laminar y las máquinas de colar, para aplicar sobre las placas de materias aislantes fotobarnices, fotorresistencias, agentes adhesivos o cola;
3. máquinas de ensamblaje de placas de circuito impreso para el montaje de componentes activos, pasivos o de conexión en circuitos impresos (máquinas «pick and place»). Las máquinas reciben automáticamente estos componentes por medio de cintas (correas). Las máquinas colocan los componentes exactamente en el lugar deseado y los montan en el circuito impreso. Después del montaje de los componentes, éstos se fijan al circuito impreso, por ejemplo, mediante soldadura o con adhesivos de contacto. Además de ensamblar semiconductores, estas máquinas pueden también manipular y colocar otros componentes en sus soportes.
No se incluyen en esta subpartida máquinas y aparatos del tipo utilizado exclusiva o principalmente para fabricar bloques u obleas semiconductores, dispositivos semiconductores, circuitos integrados o pantallas planas (partida 84.86).