Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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86.03 | Automotores para vías férreas y tranvías autopropulsados, excepto los de la partida 86.04. | |
8603.10.00 | - De fuente externa de electricidad | u |
8603.90.00 | - Los demás | u |
Partida 86.03
Automotores para vías férreas y tranvías autopropulsados, excepto los de la partida 86.04
Nota Explicativa
Los automotores para vías férreas y tranvías con motor se distinguen de las locomotoras por el hecho de que tienen el doble carácter de artefactos portadores y motores, es decir, que independientemente del sistema motor, están equipados para transportar viajeros o eventualmente mercancías. Estos vehículos están diseñados para circular solos o enganchados a otras máquinas del mismo tipo o incluso enganchados a uno o varios remolques.
La característica de estos vehículos es poseer dos puestos de conducción (uno en cada extremo), o bien, uno solo (cabina), más elevado y situado, según los casos, en medio o en un extremo del vehículo.
Entre los diferentes tipos de automotores para vías férreas, se pueden citar:
A) Los automotores de vías férreas eléctricos en los que la corriente de alimentación, que procede de una fuente exterior fija, es captada por un pantógrafo o un trole en el caso de una línea aérea, o bien, por patines montados en los bojes, por ejemplo, en el caso de un tercer riel conductor.
Los coches automotores de tranvías utilizan a veces dos rieles conductores dispuestos en un canal y la toma de corriente se realiza con un dispositivo especial denominado arado.
B) Las autovías que son artefactos autónomos que se desplazan por sus propios medios, equipados con motor Diesel, motor de explosión, etc.
Algunas autovías se montan en ruedas con bandajes o neumáticos y otros pueden llevar un dispositivo de cremallera.
C) Las autovías y tranvías que funcionan con una batería de acumuladores.
Están también clasificados aquí los vehículos ferroviarios accionados por electrogiro. Este sistema, que se basa en la acumulación de energía cinética en un volante que gira a gran velocidad, que por medio de un generador eléctrico se restituye en forma de corriente eléctrica a un motor de tracción, ofrece posibilidades de empleo bastante limitadas. Sin embargo, puede emplearse para equipar autovías ligeros o tranvías.
Por el contrario, se clasifican en la partida 87.02 los autocares transformables en autovías por simple sustitución de las ruedas y bloqueo de la dirección, y con el mismo motor.
Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea
Subpartida Arancelaria 8603.10.00
De fuente externa de electricidad
Véanse las notas explicativas del SA, partida 86.03, párrafo tercero, apartado A.