Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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84.30 | Las demás máquinas y aparatos para explanar, nivelar, traillar («scraping»), excavar, compactar, apisonar (aplanar), extraer o perforar tierra o minerales; martinetes y máquinas para arrancar pilotes, estacas o similares; quitanieves. | |
8430.10.00 | - Martinetes y máquinas para arrancar pilotes, estacas o similares | u |
8430.20.00 | - Quitanieves | u |
- Cortadoras y arrancadoras, de carbón o rocas, y máquinas para hacer túneles o galerías: | ||
8430.31.00 | - - Autopropulsadas | u |
8430.39.00 | - - Las demás | u |
- Las demás máquinas de sondeo o perforación: | ||
8430.41.00 | - - Autopropulsadas | u |
8430.49.00 | - - Las demás | u |
8430.50.00 | - Las demás máquinas y aparatos, autopropulsados | u |
- Las demás máquinas y aparatos, sin propulsión: | ||
8430.61 | - - Máquinas y aparatos para compactar o apisonar (aplanar): | |
8430.61.10 | - - - Rodillos apisonadores | u |
8430.61.90 | - - - Los demás | u |
8430.69 | - - Los demás: | |
8430.69.10 | - - - Traíllas («scrapers») | u |
8430.69.90 | - - - Los demás | u |
Partida 84.30
Las demás máquinas y aparatos para explanar, nivelar, traillar («scraping»), excavar, compactar, apisonar (aplanar), extraer o perforar tierra o minerales; martinetes y máquinas para arrancar pilotes, estacas o similares; quitanieves
Nota Explicativa
Con excepción de los aparatos autopropulsados de la partida 84.29 y de las máquinas, aparatos y artefactos agrícolas, hortícolas o silvícolas de la partida 84.32, esta partida comprende los aparatos y artefactos mecánicos que utilizan para atacar el suelo (arranque de rocas, carbón, tierra, etc., excavación, vaciado, sondeo, etc.), la preparación, la consolidación del terreno (explanación, escarificación, nivelación, compactado, movimiento de tierras, hincado de pilotes, etc.). Comprende igualmente los martinetes y máquinas para arrancar pilotes, así como los quitanieves.
APARATOS AUTOPROPULSADOS Y DEMAS APARATOS MOVILES
Con excepción de ciertos tipos especiales, mencionados a continuación, que se montan en artefactos de transporte de la Sección XVII, esta partida se refiere tanto a los aparatos fijos como a los aparatos móviles, incluso autopropulsados.
Las excepciones indicadas anteriormente son las siguientes:
a) Aparatos montados en vehículos del Capítulo 86.
Los aparatos de excavación, etc., de esta partida se clasifican en la partida 86.04 cuando están montados en vagones susceptibles de formar parte de un convoy que circule en una red ferroviaria, cualquiera que sea el ancho de vía. Las máquinas arrancadoras y cribadoras de balasto se montan frecuentemente en vagones de esta clase. Los vehículos autopropulsados para el mantenimiento o el servicio del líneas férreas se clasifican igualmente en la partida 86.04. Por el contrario, los aparatos de excavación montados en simples chasis, plataformas o carretillas, que no constituyan verdadero material móvil de ferrocarriles, etc., se clasifican aquí.
b) Aparatos montados en tractores o vehículos automóviles del Capítulo 87.
1) Artefactos montados en tractores.
Determinados órganos de trabajo (por ejemplo: hojas de nivelación, cucharas, cangilones) de artefactos de esta partida o de la partida 84.31 se montan en un tractor diseñado esencialmente para tirar o empujar otros artefactos, vehículos o cargas, pero equipados como los tractores agrícolas con simples dispositivos que permiten maniobrar los órganos de trabajo. Los órganos de trabajo de esta clase constituyen un equipo auxiliar para determinados trabajos. En general, son relativamente ligeros y pueden montarse o cambiarse sobre el terreno por el propio usuario. En este caso, los órganos de trabajo quedan comprendidos en esta partida o en la partida 84.31, incluso si se presentan con el tractor, estén o no montados en éste, mientras que el tractor con el dispositivo que permite maniobrar los órganos de trabajo se clasifica separadamente en la partida 87.01.
Por el contrario, permanecen clasificados aquí los artefactos, aparatos y máquinas autopropulsados, en los que la infraestructura motriz, los dispositivos de mando, los órganos de trabajo, así como los dispositivos de maniobra están especialmente diseñados los unos para los otros de modo que formen un conjunto mecánico homogéneo. Este es el caso, principalmente, de una infraestructura semejante a un tractor, pero especialmente diseñada, construida o reforzada para constituir una parte integrante de artefactos que realicen una o varias de las funciones previstas en esta partida (excavación, nivelación, etc.). Cuando se presentan aisladamente, estas infraestructuras se clasifican también en esta partida como máquinas incompletas que ya presentan las características esenciales de la máquina completa. Las infraestructuras que puedan clasificarse en varias de las partidas 84.25 a 84.30 por el dispositivo u órgano de trabajo con el que pueden equiparse indiferentemente, se clasifican de acuerdo con la Nota 3 de la Sección XVI o eventualmente por aplicación de la Regla General 3 c).
Criterios más detallados que permitan establecer una distinción entre los tractores de la partida 87.01 y las infraestructuras motrices de este Capítulo se enuncian en la Nota Explicativa de la partida 87.01.
2) Artefactos montados en chasis automóviles o en camiones.
Determinados artefactos de esta partida (martinetes y máquinas de sondeo, etc.) están frecuentemente montados en verdaderos chasis de automóviles o camiones que reúnen pues en sí mismos, como mínimo, los órganos mecánicos siguientes: motor de propulsión, caja y dispositivos de cambio de velocidades, órganos de dirección y de freno. Tales conjuntos deben clasificarse en la partida 87.05 como vehículos automóviles para usos especiales.
Por el contrario, quedan comprendidos aquí los artefactos simplemente autopropulsados en los que uno o varios de los mecanismos de propulsión o de mando, antes citados, se encuentren reunidos en la cabina del artefacto de trabajo montado en un chasis de ruedas, aunque este conjunto pueda circular en carretera por sus propios medios.
Se clasifican igualmente en esta partida las máquinas autopropulsadas de ruedas en las que el chasis y el artefacto de trabajo estén especialmente diseñados el uno para el otro de modo que formen un conjunto mecánico homogéneo. En tales casos, el artefacto de trabajo no está simplemente montado en un chasis automóvil como en las máquinas mencionadas en el primer párrafo, sino totalmente integrado en un chasis inutilizable para otros fines, que puede llevar los mecanismos automóviles esenciales antes descritos.
c) Aparatos montados en artefactos flotantes del Capítulo 89.
Todos los artefactos que realicen las funciones previstas en esta partida (dragas, succionadoras, etc.) se clasifican en el Capítulo 89, cuando están montados en pontones u otros artefactos flotantes, provistos o no de una máquina de propulsión.
APARATOS CON FUNCIONES MULTIPLES
Numerosas máquinas están diseñadas para realizar indiferentemente operaciones propias de las máquinas de las partidas 84.29 u 84.30 (excavación, explanación, sondeo, etc.) y determinadas funciones previstas para los aparatos de las partidas 84.25, 84.26, 84.27 u 84.28 (elevación, carga, etc.). Es especialmente así en las máquinas combinadas para cortar y cargar el carbón, las máquinas que realizan a la vez la excavación de zanjas y la colocación o el levantamiento de tubos, etc. Tales máquinas se clasifican de acuerdo con la Nota 3 de la Sección XVI o eventualmente por aplicación de la Regla General 3 c).
Los diversos materiales comprendidos en esta partida pueden agruparse como sigue:
I. MARTINETES Y MAQUINAS PARA HINCAR O ARRANCAR PILOTES
Los martinetes que se utilizan para hincar o arrancar pilotes, tablestacas, etc., están constituidos por una masa metálica pesada izada por el cable de un torno a la cima de un castillete con guías verticales, que cae sobre la cabeza del pilote que hay que hincar, bien por su propio peso (martinetes de simple efecto), o bien, por la acción de un motor que suma su fuerza a la de la gravedad (martinetes de doble efecto). Esta partida comprende igualmente las máquinas para arrancar pilotes.
II. QUITANIEVES
Con excepción de los vehículos quitanieves de la Sección XVII, con equipo inamovible, este grupo comprende los quitanieves de cualquier modelo, tales como los quitanieves de roda para arrastrar o empujar, así como los que están fijos en camiones o en tractores.
III. ARTEFACTOS DE EXTRACCION, DE ARRANQUE O DE SONDEO
Entre estos artefactos, que se utilizan sobre todo en las industrias extractivas (de carbón, minerales, piedras, arcillas, etc.), se pueden citar:
A) Las cortadoras de carbón, que realizan el arranque mecánico del carbón, minerales, etc., por medio de una barra o un disco giratorio con picos, etc., o bien, más frecuentemente por acción de una cadena cortante sin fín dispuesta en un brazo metálico, a veces orientable. Frecuentemente, están montadas en un chasís automotor de ruedas o de orugas, y estos artefactos, cortadores continuos, pueden alcanzar dimensiones muy grandes y llevar una serie de cadenas de arranque yuxtapuestas y combinadas con un aparato para la evacuación de los materiales (transportadores de bandas o de rastrillos, etc.).
B) Las máquinas para excavar túneles o galerías, principalmente los escudos para la perforación de túneles, constituidos por un chasis metálico con la forma del túnel, protegido por fuertes chapas con borde cortante y empujado hacia la pared de tierra firme por un juego de gatos hidráulicos.
C) Las máquinas de perforación de barrenas diseñadas para perforar orificios de minas en la roca, carbón, etc., y las máquinas cortadoras de percusión, que utilizan una especie de buriles y permiten el corte lineal de la roca, horizontal y oblicuamente, con excepción, sin embargo, de las herramientas manuales, neumáticas, hidráulicas o con motor incorporado (partida 84.67).
D) Las máquinas de sondeo o perforación, para la búsqueda del petróleo, gases naturales, extracción de azufre (procedimiento Frasch), extracción de muestras del suelo (testigos) de las capas profundas, excavación de pozos de petróleo, perforación de pozos artesianos, etc. Estos materiales se agrupan en dos tipos principales:
- Las máquinas rotativas de sondeo (rotary), constituidas esencialmente por una mesa rotativa, una maquinaria con un tambor de torno, órganos de transmisión del movimiento a la mesa rotativa, frenos, etc., una cabeza de inyección y una torre de sondeo (derrick) con polea de cable y motón.
- La maquinaria imprime el movimiento rotativo a la mesa, que se transmite a los vástagos de sondeo, mientras la cabeza de inyección trabaja al mismo tiempo. Subsidiariamente, la maquinaria realiza, por medio de la polea y del motón, la subida y bajada de los vástagos de sondeo.
- Las máquinas de percusión, que llevan un balancín movido por una excéntrica que, alternativamente, eleva y deja caer los tubos y la herramienta terminal al agujero de sondeo.
Esta partida comprende solamente las máquinas de sondeo propiamente dichas; las demás máquinas bien diferenciadas, que constituyen con ellas una instalación de sondeo, siguen su propio régimen, incluso si se presentan con las máquinas de sondeo: este es el caso de las bombas y compresores para la inyección de agua, que realizan la evacuación, fuera de la perforación, de los lodos, restos de rocas, etc. (partidas 84.13 u 84.14).
Quedan clasificadas en la presente partida las plataformas fijas para la investigación o explotación de yacimientos submarinos de petróleo o de gas natural. Las plataformas flotantes o sumergibles se clasifican en la partida 89.05.
E) Las máquinas ahoyadoras, a mano o con motor, para el excavado de hoyos (plantación de árboles, postes, etc.), con exclusión de las herramientas de mano del Capítulo 82.
F) Las cuñas hidráulicas, llamadas cocodrilos, constituidas por un largo cilindro que lleva lateralmente una fila de pistones perpendiculares que, cuando el cilindro entra en una falla, salen por el efecto de la presión hidráulica y disgregan la roca o el carbón.
G) Las arrancadoras de cepillo o de rastrillo, en las que el órgano operante es una cuchilla que corta o una serie de picos yuxtapuestos que atacan la pared de carbón, de arcilla, etc., por encima de un transportador convenientemente dispuesto.
IV. ARTEFACTOS PARA APISONAR O COMPACTAR EL TERRENO
Forman parte de este grupo, principalmente:
A) Los rodillos apisonadores sin medio de propulsión, empujados o arrastrados, incluidos los rodillos apisonadores llamados de pata de cabra, erizados de elementos metálicos muy salientes, fijos o articulados, que se hunden en la tierra, así como los rodillos apisonadores de neumáticos, constituidos por una serie de ruedas análogas a las de los camiones, con neumáticos de gran sección y yuxtapuestas en un mismo eje solidario de un chasis metálico.
Los rodillos apisonadores autopropulsados (incluso con patas de cabra, de bandajes o de neumáticos) se clasifican en la partida 84.29 y los rodillos agrícolas en la partida 84.32.
B) Las máquinas y aparatos para compactar, que no sean autopropulsados, es decir, las máquinas para apisonar el suelo o el pavimento y las máquinas para apretar el balasto debajo de las traviesas de ferrocarril, con excepción de las herramientas de las partidas 84.67.
C) Las compactadoras neumáticas de vibración, que realizan el apisonado de materiales disgregados, taludes, etc., por la acción de placas vibrantes.
V. MATERIALES DE EXCAVACION, EXPLANACION, ESCARIFICACION, NIVELACION, ETC.
En este grupo, se pueden citar:
A) Las máquinas de explanación o de excavación descritas en las Notas Explicativas de la partida 84.29 que no sean autopropulsadas.
B) Los artefactos de dragado que no sean flotantes, de constitución semejante a las excavadoras continuas de la partida 84.29, pero con un rosario de cangilones dragadores o de palas.
Las dragas flotantes se clasifican en la partida 89.05.
C) Las máquinas arrancadoras o cribadoras de balasto, montadas en un chasís que ruede sobre carriles y constituidas por un rosario de cangilones picadores combinado con un transportador y un aparato de cribado (en relación con las máquinas montadas en vehículos del Capítulo 86, véase el apartado a) de la introducción de esta Nota Explicativa).
D) Las máquinas para trabajar las carreteras (o picadoras) y los escarificadores (de aeropuertos, terrenos de deporte, etc.), con útiles múltiples para disgregar la superficie del suelo con el fin de rehacerlo después.
E) Las palas escarificadoras de cuchara, análogas a una pala mecánica de la partida 84.29 y en las que la cuchara cortante, que trabaja en retro, se mueve a lo largo de un brazo horizontal con deslizadores.
PARTES
Salvo lo dispuesto con carácter general respecto a la clasificación de partes (véanse las Consideraciones Generales de la Sección), las partes de máquinas o aparatos de esta partida se clasifican en la partida 84.31.
Se excluyen de esta partida:
- Las lanzas de chorro de agua para la extracción de arenas auríferas, rocas blandas, etc. (partida 84.24).
- Los rodillos agrícolas, accionados a veces por un motorcito de explosión y constituidos por un cilindro más ligero, alargado y de pequeño diámetro (partida 84.32).
- Los martillos, compactadoras, perforadoras y demás herramientas similares para el trabajo manual de la partida 84.67.
- Los aparatos para despiezar manufacturas de hormigón o perforar lechos rocosos (perforación térmica), que utilizan un procedimiento basado en el calor elevado que desprende el hierro o el acero al quemarse en un chorro de oxígeno (partida 84.79).
Notas de Subpartidas
Subpartidas Arancelarias 8430.31 y 8430.39
Se clasifican en estas subpartidas las máquinas descritas en los párrafos A), B) y G) de la Parte III de la Nota explicativa de la partida 84.30.