Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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67.04 | Pelucas, barbas, cejas, pestañas, mechones y artículos análogos, de cabello, pelo o materia textil; manufacturas de cabello no expresadas ni comprendidas en otra parte. | |
- De materias textiles sintéticas: | ||
6704.11.00 | - - Pelucas que cubran toda la cabeza | u |
6704.19.00 | - - Los demás | u |
6704.20.00 | - De cabello | u |
6704.90.00 | - De las demás materias | u |
Partida 67.04
Importaciones Ecuador
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Pelucas, barbas, cejas, pestañas, mechones y artículos análogos, de cabello, pelo o materia textil; manufacturas de cabello no expresadas ni comprendidas en otra parte
Nota Explicativa
Esta partida comprende:
1) Los postizos de cualquier clase, de cabello, pelo o materias textiles, que constituyan artículos listos para el uso y principalmente las pelucas, barbas, cejas, pestañas, mechones, trenzas, coletas, moños, bigotes, tupés, diademas, patillas y artículos análogos. Todos estos artículos, de elaboración relativamente cuidada, pueden utilizarse tanto en la calle como en el teatro.
Se excluyen de aquí:
- Las pelucas de cualquier clase para muñecas (partida 95.03).
- Los artículos de carnaval hechos, por ejemplo, con hilachas o crin groseramente pegadas en un soporte (partida 95.05).
2) Las manufacturas de cabello no expresadas ni comprendidas en otra parte, especialmente los tejidos ligeros del tipo tul.
Se excluyen de aquí:
- Los capachos de cabello de la partida 59.11.
- Las redecillas y redes para cabello, de cabello (partida 65.05).
- Los cedazos de mano, de cabello (partida 96.04).
Notas Explicativas
de la
Partida
del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías
VUENESA
VII Enmienda
20 Julio, 2024
13 Septiembre, 2024