El Documento de Transporte Multimodal DTM es expedido por un operador de transporte multimodal, bajo la solicitud del embarcador (consignatario), formaliza el contrato de transporte multimodal internacional y la responsabilidad que asume el operador responsable por el total del transporte ante el propietario de la carga, la FIATA utiliza un modelo estándar de conocimiento de embarque para transporte combinado, sólo los transitarios asociados a FIATA están habilitados para expedir documentos FIATA.
Características del Documento de Transporte Intermodal
El DTM cumple tres funciones:
- Sirve como acuse de recibo de la mercancía embarcadas.
- Es prueba de la existencia del contrato de transporte multimodal.
- Actúa como título representativo de la libre disponibilidad y propiedad de la mercadería, por lo tanto, se considera como un documento con título de valor o un documento negociable.
El DTM se rige a las Reglas UNCTAD/CCI Relativas a los Documentos de Transporte Multimodal vigentes desde el 1 de enero de 1992, y puede ser emitido tanto por el transportista, el operador de transporte multimodal (OTM) o el capitán (el capitán es considerado como un representante apoderado del transportista) o un agente por cuenta y en nombre del transportista, del OTM o del capitán.
Forwarding Certificate Receipt
FIATA FCR. Documento que certifica que el transitario ha recibido en sus almacenes las mercancías del cargador, para proceder posteriormente a su transporte.
EL FCR es entregado al cargador por el Transitario, en el momento de la toma de posesión de la mercancía, quien a su vez, se queda con él o lo envía al destinatario.
En cualquier caso, sea cual sea su poseedor final, el FCR no puede ser nunca objeto de negociación, ni por parte del cargador ni por parte del destinatario.
Forwarding Agent Certificate Transport
FIATA FCT. Documento que certifica un contrato de transporte internacional multimodal establecido entre un transitario y un cargador, en su condición de contrato de transporte, el FCT designa a las partes contratantes, la mercancía a transportar, el itinerario de transporte y el precio del transporte.
EL FCT es entregado al cargador por el Transitario, quien a su vez, lo envía al destinatario.
El FCT puede emitirse con la cláusula “a la orden” (a la orden –sin más- o a la orden del destinatario) o sin la cláusula “a la orden” (al portador –sin más- o nominativo –indicando el nombre del destinatario-), emitido con la cláusula a la orden, el FCT constituye un auténtico título de propiedad de la mercancía, y como tal, puede ser objeto de negociación o endoso por parte de quien lo posee.
Forwarding Agent Bill of Lading
FIATA FBL o Conocimiento de embarque multimodal. Documento que certifica un contrato de transporte internacional multimodal establecido entre un transitario y un cargador, el cual incluye una parte marítima como eje principal.
Su operativa y características coinciden con las del FCT, emitido a la orden, puede ser objeto de negociación o endoso por parte de quien lo posee.
Forwarding Agent Warehouse Receipt
FIATA FWR. Documento que acredita la entrega de las mercancías al transitario por parte del cargador, con la finalidad de que estas -las mercancías- permanezcan depositadas en los almacenes del transitario.
El FWR es entregado al cargador por el transitario, paralelamente conforme recibe las mercancías para custodiarlas.
El FWR recoge los datos del cargador y de la mercancía objeto de depósito, emitido a la orden, puede ser objeto de negociación o endoso por parte de su poseedor.
Fiata Declaration Dangerous Transport
FIATA STD. Declaración[1] efectuada por el transitario en el transporte internacional multimodal de mercancías peligrosas, en base a esta declaración, el transitario reconoce haber recibido del cargador mercancías peligrosas correctamente acondicionadas para su posterior transporte, liberando al cargador de la responsabilidad de lo que pueda suceder a las mercancías durante el transporte.
La STD es solicitada por el Transitario al cargador para que lo cumplimente y firme, por lo que el Transitario debe remitirlo en blanco al cargador.
El transitario sólo expide esta declaración si las mercancías que recibe del cargador cumplen todos los requisitos de seguridad establecidos en las Reglamentaciones sobre el Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas:
- ADR, para transporte por carretera;
- RID, para el transporte por ferrocarril;
- IMDG/IMO, para el transporte marítimo; y
- Anexo 18 del Convenio de Chicago, si se trata de un transporte aéreo.
La SDT nunca puede ser objeto de negociación por parte de su poseedor.
Documento de Soporte a la Declaración Aduanera
El documento de transporte multimodal constituye ante la Aduana el instrumento que acredita la propiedad de las mercancías y es imprescindible en el proceso de desaduanamiento de mercancías, debe adjuntarse para la transmisión o presentación de la declaración aduanera.
[1] Formulario que contiene los datos de la mercancía (nombre técnico, número ONU, punto de inflamación...), su naturaleza, clase, embalaje y grado de peligrosidad.