Código | Designación de la Mercancía | U.F |
---|---|---|
56.08 | Redes de mallas anudadas, en paño o en pieza, fabricadas con cordeles, cuerdas o cordajes; redes confeccionadas para la pesca y demás redes confeccionadas, de materia textil. | |
- De materia textil sintética o artificial: | ||
5608.11.00 | - - Redes confeccionadas para la pesca | kg |
5608.19.00 | - - Las demás | kg |
5608.90.00 | - Las demás | kg |
Partida 56.08
Redes de mallas anudadas, en paño o en pieza, fabricadas con cordeles, cuerdas o cordajes; redes confeccionadas para la pesca y demás redes confeccionadas, de materia textil
Nota Explicativa
1) Redes de mallas anudadas, en paños o en pieza, fabricadas con cordeles, cuerdas o cordajes.
Estas redes son tejidos de mallas abiertas, sujetas por nudos, que pueden hacerse a mano o mecánicamente. Para clasificarlas aquí deberán presentarse en paños o en pieza y estar fabricadas, a diferencia de los tejidos de mallas anudadas de la partida 58.04, con cordeles, cuerdas o cordajes de la partida 56.07.
2) Redes confeccionadas para la pesca y demás redes confeccionadas, de materia textil.
A diferencia de los productos especificados en el anterior apartado 1), los artículos confeccionados de este grupo pueden estar fabricados con hilados textiles y sus mallas abiertas estar sueltas o sujetas mediante nudos u otro procedimiento.
Se entiende por redes confeccionadas los artículos preparados o no para determinados usos y fabricados directamente o confeccionados con la forma requerida, principalmente cortando de una pieza y uniendo las diversas partes así obtenidas. La presencia en estos artículos de empuñaduras, anillos, plomos, flotadores, cuerdas de cierre u otros accesorios no entraña la exclusión de esta partida.
Entre los artículos confeccionados, sólo se incluyen aquí los que no estén comprendidos más específicamente en otras partidas de la Nomenclatura. Esta partida comprende, en particular, las redes para pesca, para camuflaje, de seguridad, para decoraciones teatrales, las redes para la compra y las redes similares (por ejemplo, empleadas en el transporte de pelotas o balones de deportes), las hamacas, redes para aerostatos, redes de protección contra insectos, etc.
Los productos citados pueden estar impregnados para hacerlos, por ejemplo, inatacables por los agentes atmosféricos o por el agua.
Se excluyen de esta partida:
- Las redes en pieza que tengan las características de los géneros de punto de ganchillo (partida 60.02 a 60.06).
- Las redecillas y redes para el cabello, de la partida 65.05.
- Las redes preparadas para deportes (tales como las de porterías de fútbol, de tenis, etc.), los salabardos montados y las demás redes del Capítulo 95.