Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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62.06 | Camisas, blusas y blusas camiseras, para mujeres o niñas. | |
6206.10.00 | - De seda o desperdicios de seda | u |
6206.20.00 | - De lana o pelo fino | u |
6206.30.00 | - De algodón | u |
6206.40.00 | - De fibras sintéticas o artificiales | u |
6206.90.00 | - De las demás materias textiles | u |
Partida 62.06
Camisas, blusas y blusas camiseras, para mujeres o niñas
Nota Explicativa
Esta partida incluye un grupo de prendas para mujeres o niñas, excepto las de punto, que comprende las camisas de manga larga o corta, blusas y blusas camiseras.
Esta partida no comprende las prendas con bolsillos por debajo de la cintura o con bordes elásticos (cintura elástica) u otros medios que permitan ceñir la parte baja de la prenda.
Además, esta partida no comprende:
- Las camisetas (partida 62.08).
- Las prendas confeccionadas con productos de las partidas 56.02, 56.03, 59.03, 59.06 o 59.07 (partida 62.10).
- Las prendas protectoras, a veces llamadas guardapolvos o blusas, de la partida 62.11.
Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea
Blusas
Se consideran blusas para mujeres o niñas, las prendas ligeras destinadas a cubrir la parte superior del cuerpo, de fantasía, generalmente de corte amplio, con cuello o sin él, incluso sin mangas, con escote de cualquier tipo o, por lo menos, con tirantes, tengan o no abertura. Pueden presentar guarniciones tales como corbatas, chorreras, puntillas, lazos o bordados.
Camisas y blusas camiseras
Lo dispuesto en la nota explicativa de la partida 61.06, relativo a camisas, blusas camiseras y polos, para mujeres o niñas, se aplica mutatis mutandis a las camisas y blusas camiseras de esta partida.
Las prendas de esta partida descienden bajo el talle; sin embargo, las blusas suelen ser más cortas que las otras prendas arriba descritas.
Esta partida no comprende las prendas que, dada su longitud, se llevan como vestidos.