Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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41.05 | Pieles curtidas o «crust», de ovino, depiladas, incluso divididas pero sin otra preparación. | |
4105.10.00 | - En estado húmedo (incluido el «wet-blue») | m2 |
4105.30.00 | - En estado seco («crust») | m2 |
Partida 41.05
Pieles curtidas o «crust», de ovino, depiladas, incluso divididas pero sin otra preparación
Nota Explicativa
Esta partida comprende la pieles de ovino (incluidas las pieles de mestizos de Indias), curtidas o en estado seco (“crust”(“en crosta”)) depiladas, pero sin otra preparación (véase las Consideraciones Generales de este Capítulo).
Las pieles de ovino tienen cierto parecido con las de caprino, pero se diferencian de estas últimas por tener una textura menos homogénea y un grano más irregular.
Se someten frecuentemente al curtido o adobado al alumbre (véase las Consideraciones Generales de este Capítulo).
Se denomina flor a la piel de ovino curtida dividida con la flor. La badana es la piel de ovino tratada con determinados curtientes vegetales.
Se excluyen de esta partida:
- Los cueros y pieles agamuzados (incluido el agamuzado combinado al aceite) de la partida 41.14.
- Los recortes y demás desperdicios de cueros curtidos o “crust”(“en crosta”) (partida 41.15).
- Las pieles de ovino, curtidas o “crust”(“en crosta”), sin depilar (Capítulo 43).
Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea
Véanse las notas 2 A) y 2 B) de este capítulo.
Subpartida Arancelaria 4105.10.00
En estado húmedo, incluido el wet-blue
Véase la nota explicativa de las subpartidas 4104.11.10 a 4104.19.90.
Subpartidas Arancelarias 410.30.10 y 4105.30.90
En estado seco (crust) Véase la nota 2 B) de este capítulo, así como las notas explicativas del SA, consideraciones generales del capítulo 41, parte II, tercer párrafo.
Subpartida Arancelaria 4105.30.10
De mestizos de la India, con precurtido vegetal, aunque se hayan sometido a ciertas operaciones, pero manifiestamente inutilizables para la fabricación de manufacturas de piel
Se clasifican en esta subpartida las pieles que están precurtidas vegetalmente, pero que deben ser objeto del curtido propiamente dicho antes del adobado.
Pieles simplemente curtidas con sustancias vegetales, que se han sometido a distintas operaciones, tales como la incorporación de un aceite vegetal durante el tratamiento, destinadas a facilitar el transporte a grandes distancias.
Estas pieles se caracterizan por su estructura firme y apretada y el color claro debido al curtido vegetal.
Estas pieles se importan principalmente de la India o de Pakistán (pieles llamadas de Madras). Se presentan agrupadas de seis en seis, en balas comprimidas envueltas en esteras de paja y en arpillera.
Subpartida Arancelaria 4105.30.90
Las demás
Estas subpartidas comprenden principalmente las pieles de ovinos curtidas con una mezcla de sal, alúmina, yemas de huevo y harina. Las pieles curtidas de este modo se utilizan sobre todo en guantería o para la fabricación de calzado fino.