Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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0814.00 | Cortezas de agrios (cítricos), melones o sandías, frescas, congeladas, secas o presentadas en agua salada, sulfurosa o adicionada de otras sustancias para su conservación provisional. | |
0814.00.10 | - De limón (limón sutil, limón común, limón criollo) (Citrus aurantifolia) | kg |
0814.00.90 | - Las demás | kg |
Partida 08.14
Importaciones Ecuador
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2
Cortezas de agrios (cítricos), melones o sandías, frescas, congeladas, secas o presentadas en agua salada, sulfurosa o adicionada de otras sustancias para su conservación provisional
Nota Explicativa
Las cortezas de agrios (cítricos) que se utilizan más frecuentemente con fines alimenticios son las de naranja (incluida la amarga), de limón o de cidra. Estas cortezas se utilizan, principalmente, para la elaboración de confituras o para la extracción de aceites esenciales.
Se excluyen de esta partida las cortezas pulverizadas (partida 11.06) y las cortezas de frutas confitadas con azúcar (partida 20.06).
Notas Explicativas
de la
Partida
del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías
VUENESA
VII Enmienda
16 Julio, 2024
13 Septiembre, 2024