- Este Capítulo no comprende los desperdicios ni los materiales de desecho.
- En este Capítulo, el término fotográfico se refiere al procedimiento mediante el cual se forman imágenes visibles sobre superficies fotosensibles, incluidas las termosensibles, directa o indirectamente, por la acción de la luz o de otras formas de radiación.
Capítulo 37
Productos fotográficos o cinematográficos
Nota Explicativa
Consideraciones Generales
Este Capítulo comprende las placas, películas, filmes, papel, cartulina, cartón y textiles destinados a la reproducción fotográfica o cinematográfica, monocroma o en colores y recubiertos con una o varias capas de una emulsión, sensible a la luz o a otras diversas radiaciones que posean energía suficiente para hacer reaccionar las superficies sensibles a los fotones (o fotosensibles), es decir, las radiaciones cuya longitud de onda no exceda aproximadamente de 1,300 nanómetros en el espectro electromagnético (rayos gamma, rayos X, rayos ultravioletas y rayos próximos al infrarrojo, por ejemplo), así como a la radiación de partículas (o radiación nuclear).
Las emulsiones más comúnmente utilizadas son las constituidas por halogenuros de plata (bromuro de plata, bromoyoduro de plata, etc.) u otras sales de metal precioso; pero ciertas emulsiones utilizadas para fines especiales (reproducción de planos o dibujos industriales, reproducción fotomecánica, etc.), son a base de ferricianuro de potasio o de otros compuestos de hierro, de dicromato de amonio o de potasio, o de sales de diazonio para emulsiones diazoicas, etc.
A) Las placas, películas y filmes se incluyen en este Capítulo cuando se presenten:
- Sensibilizados, pero sin impresionar.
- Impresionados, es decir, expuestos a la acción de la luz o de otras formas de radiación, estén o no revelados, o sea, tratados químicamente con el fin de hacer que aparezca la impresión fotográfica.
Las placas, películas y filmes pueden ser negativos (cuando la luz y las sombras estén invertidos), positivos (positivos comunes y positivos lavender: estos últimos se emplean para la reproducción de otros positivos) o reversibles (es decir, aquellos cuya especial emulsión permite obtener directamente impresiones positivas).
B) El papel, cartón y textiles fotográficos (negativos o positivos) sólo se incluyen aquí cuando están sensibilizados o impresionados; pero se excluyen de este Capítulo cuando están revelados y corresponden entonces al Capítulo 49 o a la Sección XI.
El Capítulo 37 comprende, además, en la partida 37.07, productos químicos para usos fotográficos y productos para producir la luz de destello.
Este Capítulo no comprende los desperdicios ni los materiales de desecho. Los desperdicios y materiales de desecho fotográficos o cinematográficos que contengan metal precioso o compuestos de metal precioso del tipo utilizado principalmente para la recuperación del metal precioso, se clasifican en la partida 71.12. Los demás desperdicios y materiales de desecho fotográficos o cinematográficos se clasifican según su materia constitutiva (por ejemplo, en la partida 39.15 si son de plástico y en la 47.07 si son de papel).