Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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04.03 | Yogur; suero de mantequilla (de manteca), leche y nata (crema) cuajadas, kéfir y demás leches y natas (cremas), fermentadas o acidificadas, incluso concentrados o con adición de azúcar u otro edulcorante, aromatizados o con frutas u otros frutos o cacao. | |
0403.20.00 | - Yogur | kg |
0403.90 | - Los demás: | |
0403.90.10 | - - Suero de mantequilla | kg |
0403.90.90 | - - Los demás | kg |
Partida 04.03
Yogur; suero de mantequilla (de manteca), leche y nata (crema) cuajadas, kéfir y demás leches y natas (cremas), fermentadas o acidificadas, incluso concentrados o con adición de azúcar u otro edulcorante, aromatizados o con frutas u otros frutos o cacao
Nota Explicativa
Esta partida comprende el suero de mantequilla, la leche y nata (crema) fermentadas o aciduladas de cualquier tipo, en especial la leche y nata (crema) cuajadas, el yogur y el kéfir. Los productos de esta partida se pueden presentar en estado líquido, pastoso o sólido (incluso congelados) y estar concentrados (por ejemplo: evaporados, en bloques, polvo o gránulos) o conservados.
La leche fermentada de esta partida puede consistir en leche en polvo de la partida 04.02 a la que se han añadido pequeñas cantidades de fermentos lácticos para su utilización en la elaboración de productos de charcutería (chacinería) o como aditivo en la alimentación de animales.
La leche acidificada de esta partida puede consistir en leche en polvo de la partida 04.02 a la que se han añadido pequeñas cantidades de ácido (incluido jugo de limón) cristalizado, de forma que pueda obtenerse leche cuajada cuando, para reconstituirla, se mezcle con agua.
Con independencia de los aditivos mencionados en las Consideraciones generales de este Capítulo, a los productos de esta partida se les puede añadir azúcar u otros edulcorantes, aromatizantes, frutas (incluidas pulpas y confituras) o cacao.
Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea
Aquellos productos pastosos que normalmente se consumen con cuchara, se consideran distintos a los productos que se presentan en polvo, granos u otras formas sólidas.
A efectos de esta partida, el término «suero de mantequilla (de manteca)», incluye tanto el dulce (es decir, no acidificado) como el acidificado.
Subpartidas Arancelarias 0403.10.11 a 0403.10.99
Yogur
Tan solo pertenecen a estas subpartidas los productos obtenidos mediante fermentación láctica por Streptococcus thermophilus y Lactobacillus delbrueckii subsp. bulgaricus exclusivamente.
No se clasificarán en estas subpartidas los productos que después de la fermentación se hayan sometido a un tratamiento térmico que entrañe la desaparición de la actividad de los fermentos (subpartida 0403 90).
Subpartidas Arancelarias 0403.90.11 a 0403.90.99
Los demás
Véase la nota explicativa de las subpartidas 0403.10.11 a 0403.10.99.
Estas subpartidas no incluyen productos del tipo «cagliata» descritos en la nota explicativa de las subpartidas 0406.10.30 a 0406.10.80, tercer párrafo.