Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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61.04 | Trajes sastre, conjuntos, chaquetas (sacos), vestidos, faldas, faldas pantalón, pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y shorts (excepto de baño), de punto, para mujeres o niñas. | |
- Trajes sastre: | ||
6104.13.00 | - - De fibras sintéticas | u |
6104.19 | - - De las demás materias textiles: | |
6104.19.10 | - - - De lana o pelo fino | u |
6104.19.20 | - - - De algodón | u |
6104.19.90 | - - - Los demás | u |
- Conjuntos: | ||
6104.22.00 | - - De algodón | u |
6104.23.00 | - - De fibras sintéticas | u |
6104.29 | - - De las demás materias textiles: | |
6104.29.10 | - - - De lana o pelo fino | u |
6104.29.90 | - - - Los demás | u |
- Chaquetas (sacos): | ||
6104.31.00 | - - De lana o pelo fino | u |
6104.32.00 | - - De algodón | u |
6104.33.00 | - - De fibras sintéticas | u |
6104.39.00 | - - De las demás materias textiles | u |
- Vestidos: | ||
6104.41.00 | - - De lana o pelo fino | u |
6104.42.00 | - - De algodón | u |
6104.43.00 | - - De fibras sintéticas | u |
6104.44.00 | - - De fibras artificiales | u |
6104.49.00 | - - De las demás materias textiles | u |
- Faldas y faldas pantalón: | ||
6104.51.00 | - - De lana o pelo fino | u |
6104.52.00 | - - De algodón | u |
6104.53.00 | - - De fibras sintéticas | u |
6104.59.00 | - - De las demás materias textiles | u |
- Pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y shorts: | ||
6104.61.00 | - - De lana o pelo fino | u |
6104.62.00 | - - De algodón | u |
6104.63.00 | - - De fibras sintéticas | u |
6104.69.00 | - - De las demás materias textiles | u |
Partida 61.04
Trajes sastre, conjuntos, chaquetas (sacos), vestidos, faldas, faldas pantalón, pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y shorts (excepto de baño), de punto, para mujeres o niñas
Nota Explicativa
Las disposiciones de la Nota explicativa de la partida 61.03 son aplicables mutatis mutandis a los productos de esta partida.
Todos los componentes de un traje sastre deben ser de un tejido de la misma estructura, color y composición; además deberán ser del mismo estilo y de tallas correspondientes o compatibles. Sin embargo, estos componentes pueden presentar un vivo (tira de tela cosida a las costuras) de una tela diferente.
Si se presentan simultáneamente varias prendas de la parte inferior, por ejemplo, una falda o una falda pantalón y un pantalón, se dará prioridad a la falda o a la falda pantalón como parte inferior constitutiva del traje sastre, clasificándose separadamente las demás prendas.
Sin embargo, en esta partida se entiende por conjunto para mujeres o niñas un grupo de prendas de vestir (excepto los artículos de las partidas 61.07, 61.08 o 61.09), que comprende varias piezas confeccionadas con una misma tela, acondicionado para la venta al por menor y formado por:
- una sola prenda de vestir que cubra la parte superior del cuerpo, con excepción del “pullover” que puede constituir una segunda pieza exterior solamente en el caso de los “twinset” y un chaleco que puede constituir una segunda pieza en los demás casos;
- una o dos prendas diferentes que cubran la parte inferior del cuerpo y que consistan en un pantalón, un pantalón con peto, un pantalón corto o “short” (excepto los de baño), una falda o una falda-pantalón, incluso con tirantes o peto.
Todos los componentes del conjunto deben tener la misma estructura, el mismo estilo, el mismo color y la misma composición; además, deben ser de tallas correspondientes o compatibles. El término conjunto no abarca las prendas de deporte (de entrenamiento) ni los monos o conjuntos de esquí de la partida 61.12 (véase la Nota 3 b) del Capítulo).
Además, esta partida no comprende las enaguas, combinaciones o fondos de vestidos (partida 61.08).
Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea
Subpartidas Arancelarias 6104.41.00 a 6104.49.00
Vestidos
Se entenderá por vestidos las prendas de vestir destinadas a cubrir el cuerpo, normalmente a partir de los hombros, y que pueden llegar hasta los tobillos o por debajo de éstos, con o sin mangas. Deben poder llevarse sin que sea necesario acompañarlos de otra prenda de vestir. Este término comprende también los vestidos transparentes. La utilización de ropa interior no influye en la clasificación de una prenda como vestido. Cuando la parte superior de este tipo de prendas esté constituida por tirantes acompañados de un peto que cubra el pecho o el pecho y la espalda, se considerarán únicamente como vestidos, siempre que las dimensiones, el corte y la situación de estos petos permita llevarlos como ya se ha indicado. Si no es ese el caso, dichas prendas de vestir deben clasificarse como faldas en las subpartidas 6104.51.00 a 6104.59.00.
Subpartidas Arancelarias 6104.51.00 a 6104.59.00
Faldas y faldas pantalón
Se entenderá por faldas las prendas de vestir destinadas a cubrir la parte inferior del cuerpo, normalmente a partir de la cintura, y que puedan llegar hasta los tobillos o por debajo de éstos. Las faldas son prendas de vestir que deben acompañarse necesariamente de otra prenda, como una camiseta, una camisa, una blusa, una blusa camisera, un jersey u otra prenda similar destinada a cubrir la parte superior del cuerpo. Cuando estas prendas lleven tirantes, seguirán considerándose faldas.
Cuando, además de tirantes, lleven un peto que cubra el pecho y/o la espalda, se seguirán clasificando como faldas pertenecientes a estas subpartidas siempre que las dimensiones, el corte y la situación de dichos petos no sean suficientes para que estas prendas puedan llevarse sin acompañarlas de otra de las ya indicadas. Las faldas pantalón son prendas que presentan las características antes mencionadas, pero que cubren cada pierna por separado. Poseen un corte y una largura que permiten diferenciarlas de los pantalones cortos y de los pantalones.