Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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II. LOS DEMÁS PRODUCTOS CERÁMICOS | ||
69.14 | Las demás manufacturas de cerámica. | |
6914.10.00 | - De porcelana | u |
6914.90.00 | - Las demás | u |
Partida 69.14
Importaciones Ecuador
2 minutos
6
Las demás manufacturas de cerámica
Nota Explicativa
Esta partida incluye todas las manufacturas de cerámica que no estén comprendidas ni en las demás partidas del presente Capítulo ni en los demás Capítulos de la Nomenclatura.
Se clasifican aquí principalmente:
- Las estufas y otros aparatos de calefacción constituidos esencialmente por cerámica (lo más común, loza y en algunos casos, barro), las baldosas de ejecución especial para dichas estufas, así como ciertos adornos no refractarios para chimeneas (hogares) y fuegos abiertos. Los aparatos de calefacción eléctrica corresponde a la partida 85.16.
- Los tiestos y macetas para flores o para la horticultura, que no sean decorativos.
- Las guarniciones de puertas, ventanas o muebles, tales como empuñaduras y pomos, placas de protección, así como las empuñaduras y pomos que rematan las cadenas de baño.
- Las letras, cifras, placas rótulo, placas anuncio y similares, incluso con ilustraciones o textos impresos, excepto las luminosas (partida 94.05).
- Los tapones llamados mecánicos para botellas de cerveza o limonadas, con un dispositivo de alambre y las cabezas para estos tapones.
- Los tarros de uso general para laboratorios y los tarros para tiendas y escaparates (farmacias, pastelerías, etc.).
- Finalmente, otros artículos tales como mangos de cuchillos y cubiertos de mesa, tinteros para escolares, humidificadores para radiadores de calefacción central, accesorios para jaulas de pájaros, etc.
Se excluyen de esta partida:
- Los dientes artificiales de cerámica (partida 90.21).
- Los juguetes, juegos y artículos para entretenimiento y para deporte (Capítulo 95).
- Los botones, pipas y demás artículos del Capítulo 96.
Notas Explicativas
de la
Partida
del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías
VUENESA
VII Enmienda
20 Julio, 2024
13 Septiembre, 2024