Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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30.01 | Glándulas y demás órganos para usos opoterápicos, desecados, incluso pulverizados; extractos de glándulas o de otros órganos o de sus secreciones, para usos opoterápicos; heparina y sus sales; las demás sustancias humanas o animales preparadas para usos terapéuticos o profilácticos, no expresadas ni comprendidas en otra parte. | |
3001.20 | - Extractos de glándulas o de otros órganos o de sus secreciones: | |
3001.20.10 | - - De hígado | kg |
3001.20.20 | - - De bilis | kg |
3001.20.90 | - - Los demás | kg |
3001.90 | - Las demás: | |
3001.90.10 | - - Heparina y sus sales | kg |
3001.90.90 | - - Las demás | kg |
Partida 30.01
Glándulas y demás órganos para usos opoterápicos, desecados, incluso pulverizados; extractos de glándulas o de otros órganos o de sus secreciones, para usos opoterápicos; heparina y sus sales; las demás sustancias humanas o animales preparadas para usos terapéuticos o profilácticos, no expresadas ni comprendidas en otra parte
Nota Explicativa
Esta partida comprende:
A) Las glándulas y demás órganos de origen animal para usos opoterápicos, desecados, incluso pulverizados (sesos, médula espinal, hígado, riñones, bazo, páncreas, glándulas mamarias, testículos, ovarios, etc.).
B) Los extractos de glándulas o de otros órganos o de sus secreciones para usos opoterápicos, cualquiera que sea el procedimiento de obtención de estos extractos (extracción con disolventes, precipitación, coagulación, etc.). Estos extractos pueden presentarse sólidos, pastosos o líquidos, o bien en disoluciones o suspensiones en ciertos medios apropiados para su conservación.
Entre los extractos de glándulas o de otros órganos o de sus secreciones para usos opoterápicos clasificados aquí, se puede citar el extracto de bilis.
C) La heparina y sus sales. La heparina consiste en una mezcla de ácidos orgánicos complejos (mucopolisacáridos) procedentes de los tejidos de mamíferos. Su composición varía según el origen de los tejidos. La heparina y sus sales se utilizan principalmente en medicina, sobre todo como anticoagulantes. Se clasifican en esta partida cualquiera sea su grado de actividad.
D) Las demás sustancias humanas o animales preparadas para usos terapéuticos o profilácticos, no expresadas ni comprendidas en partidas más específicas de la Nomenclatura, incluidos:
- La médula roja conservada en glicerina.
- Los venenos de serpientes o de abejas que se presenten desecados, en partículas, así como las criptotoxinas no microbianas obtenidas de estos venenos. Los productos de los apartados 1) y 2) anteriores, cuando se presenten como medicamentos, en forma de dosis o acondicionados para la venta al por menor se clasifican en la partida 30.04.
- Los trozos de huesos, los órganos y los demás tejidos humanos o animales, vivos o conservados, adecuados para la realización de injertos o trasplantes permanentes, presentados en envases estériles que pueden llevar indicaciones relativas al modo de usarlos, etc.
Se excluyen de esta partida:
- Las glándulas y demás órganos de animales, frescos, refrigerados, congelados o conservados provisionalmente de otra forma (Capítulos 2 o 5).
- La bilis, incluso desecada (partida 05.10).
- Los compuestos de constitución química definida presentados aisladamente, así como los demás productos del Capítulo 29 procedentes del tratamiento de extractos de glándulas o de otros órganos, por ejemplo: aminoácidos (partida 29.22), vitaminas (partida 29.36) u hormonas (partida 29.37).
- La sangre humana, la sangre animal preparada para usos terapéuticos, profilácticos o de diagnóstico y los antisueros (incluidas las inmunoglobulinas específicas y demás fracciones de la sangre (por ejemplo, el suero normal, la inmunoglobulina humana normal, el plasma, el fibrinógeno y la fibrina) (partida 30.02).
- Los productos que tengan el carácter de medicamentos de las partidas 30.03 o 30.04 (véanse las Notas Explicativas de estas partidas).
- Las globulinas y fracciones de globulinas (excepto las de la sangre o del suero) sin preparar para fines terapéuticos o profilácticos (partida 35.04).
- Las enzimas (partida 35.07).
Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea
Subpartida Arancelaria 3001.20.90
Los demás
Se clasifica principalmente en esta subpartida el factor intrínseco (extractos purificados de las mucosas pilóricas de cerdo, desecados).
Subpartidas Arancelarias 3001.90.20 a 3001.90.98
Los demás
Además de las glándulas y otros órganos mencionados en las notas explicativas del SA, partida 30.01, apartado A, se clasifican en estas subpartidas, por ejemplo la hipófisis, las cápsulas suprarrenales y la glándula tiroides.
Subpartida Arancelaria 3001.90.91
Heparina y sus sales
Véanse las notas explicativas del SA, partida 30.01, apartado C.